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Asilo en Estados Unidos: ¿Qué debo hacer para cambiar mi dirección?

Aunque algunos beneficios son inmediatos para las personas con asilo, para la Green Card hay que esperar | Foto: Reuters / Voz de América
Si estás a mitad de un proceso de asilo en Estados Unidos y cambias tu dirección sin notificar a las autoridades puedes tener varios problemas

Si estás a mitad de un proceso de asilo en Estados Unidos y, por el motivo que sea, debes mudarte es importante que reportes este cambio a las autoridades, de no hacerlo perderás tu caso y se girará una orden de deportación en tu contra.

No importa si pasaste la entrevista de temor creíble, hasta que tu caso no sea resuelto las autoridades deben saber en todo momento donde vives.

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¿Cómo puedo reportar mi cambio de dirección si estoy a mitad de un proceso de asilo en Estados Unidos?

Durante su participación en Entre Amigos, programa de Conexión Migrante, el director del Centro Comunitario de San Bernardino, Emilio Amaya Cortés explicó que este proceso se hace a través del Formulario de cambio de domicilio (EOIR-33/IC).

Este formulario suele incluirse entre los documentos que se le entregan a las personas que pasan su entrevista de temor creíble.

Para llenarlo, es necesario llenar todos los espacios y la constancia de notificación; además, tendrás que certificar que harás llegar una copia del formulario al Departamento de Seguridad Nacional (DHS).

Una vez esté llenado y firmado, tendrás podrás enviar el formulario de las siguientes formas:

  • Vía electrónica
  • Persona
  • Por correo
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Los abogados o representantes plenamente acreditados deben enviar los formularios a través del Portal de Casos en el portal del Departamento de Justicia.

Ten en cuenta que deberás enviar una copia por separado por cada persona que tenga un caso pendiente ante la corte de inmigración y que se vea afectada por el cambio de dirección.

“Es bien importante que se haga el cambio de domicilio, porque si la persona no recibe su citatorio porque no hizo el cambio de domicilio y la persona no se presenta a su audiencia, entonces la persona va a terminar con una orden de deportación en ausencia“.

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Deberás enviar este formulario a la corte de inmigración antes de que transcurran cinco días laborales a partir de tu cambio de su dirección, o a partir de haber recibido un documento para comparecer.

Sólo así se enviará tu correspondencia oficial a tu nueva dirección.

Finalmente te recordamos que, en caso de tener un proceso abierto con el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS), es otro el trámite que debes realizar.

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