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Solicité asilo en USA y estoy en México; ¿qué es lo que sigue?

Un grupo de migrantes cerca del río Bravo, que separa a Estados Unidos de México, cerca de McAllen, Texas, el 14 de marzo de 2019. | Foto: AP / Voz de América
Si solicitaste asilo en Estados Unidos y fuiste afectado por el MPP tienes varios derechos, como acceso a un traductor, a solicitar información de tu caso, incluso puedes apelar la decisión de enviarte a México

Debido a los Protocolos de Protección al Migrante (MPP), programa también conocido como Quédate en México, solicitar asilo en Estados Unidos se ha vuelto complicado para muchas personas. Además, a esta situación se suma otro problema: la falta de información.

Existen varias dudas comunes que los solicitantes de asilo tienen y que en caso de no saberlas su situación se puede complicar. Para evitar estos casos te decimos todo lo que debes saber sobre el MPP mientras esperas en México.

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Solicité asilo y estoy bajo el MPP ¿Cómo puedo saber cómo va mi caso?

De acuerdo con el Departamento de Seguridad Nacional (DHS), las personas que solicitaron asilo y fueron inscritas en el MPP deberán contar con un Número A, si desean saber el estatus de su caso pueden:

Estos servicios están disponibles 24 horas al día los 7 días de la semana.

¿Qué hago con los documentos que recibí del Gobierno de Estados Unidos?

Ten en cuenta que debes cuidar todos los documentos que recibas de los oficiales del gobierno de los Estados Unidos. Deberás recibir los siguientes documentos una  vez hayas sido inscrito en el MPP:

  1. Una Notificación de Comparecencia (NTA) completada que indicará la fecha y la hora de su primera audiencia judicial ante el juez de inmigración;
  2. Información en inglés, español, portugués o criollo que indicará cuándo comparecer al puerto de entrada (POE) indicado;
  3. Un EOIR-33, Formulario de Cambio de Dirección para que puedas informar al tribunal en cualquier momento que cambies de dirección. También puedes actualizar tu dirección mediante el sitio de web de EOIR. La CBP te informará sobre cómo acceder a la información actual del estatus de su caso por teléfono o en línea.

Estos documentos contienen información importante sobre su caso, como el Número A, este es un número de nueve dígitos que comienza con la letra “A” localizado en la esquina superior derecha de la Notificación de Comparecencia (NTA). Esta es la manera en que el gobierno rastreará tu caso.

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Y ¿Si no hablo inglés? ¿Se me proporcionará un intérprete?

Sí. Si no puedes entender y hablar inglés el gobierno de EE.UU. te proporcionará un intérprete. Los intérpretes estarán disponibles durante tu encuentro inicial y procesamiento, cualquier entrevista de no devolución (non-refoulement) con USCIS, y las audiencias judiciales.

¿Qué puedo hacer si tengo miedo de ser enviado a México?

Este punto es un tanto complicado, pues dependiendo de tu caso y de la decisión de los agentes fronterizos podrías entrar en el MPP. Sin embargo, si tienes miedo de regresar a México deberás decírselo a cualquier oficial de en cualquier momento que estés en los Estados Unidos, incluso durante su procesamiento o audiencias en el tribunal.

SI lo haces serás referido al Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) para una entrevista de no devolución; en esta entrevista podrás explicarle a un oficial de asilo las razones por las que teme estar en México.

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¿Puedo cambiarme de residencia mientras estoy en el MPP?

Sí. Pero es de vital importancia que proporciones tu nueva dirección al tribunal.

Esto es fundamental para asegurarse de recibir las notificaciones sobre actualizaciones de sus próximas audiencias judiciales.

Cada vez que te cambies de residencia, deberás actualizar tu dirección mediante la presentación de un EOIR-33, Formulario de Cambio de Dirección (por correo o presentándolo en persona) al tribunal donde tu caso está programado actualmente. También puede actualizar su dirección mediante el sitio de web de EOIR.

¿Cuánto tiempo toman las audiencias del MPP?

Todos los casos son distintos, por este motivo las audiencias judiciales varían según las circunstancias de cada caso.

Por eso que se recomienda a los solicitantes de asilo planificar que van pasar un día entero siendo procesado y en la audiencia del tribunal. Si los procesos no concluyen el mismo día, puede que debas pasar la noche bajo custodia del Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP).

En dicho caso, el gobierno de EE.UU. te devolverá a México tan pronto como se concluyan todos los procesos.
Debes esperar tener, por lo general, un mínimo de dos audiencias en el tribunal en días diferentes. Sin embargo, es común tener más audiencias judiciales según las circunstancias específicas de cada caso.

Los tribunales de inmigración atienden múltiples casos diariamente. Habrá otras personas que tengan audiencias judiciales el mismo día. Las personas tendrán accesos a alimentos y agua durante el tiempo que estén en el tribunal y bajo custodia del gobierno de EE.UU.

De acuerdo con el director del Centro de Servicios Comunitarios de San Bernardino, Emilio Amaya Cortés, en promedio el tiempo que demora a las autoridades una petición de asilo de una persona afectada por el MPP es de entre seis meses y un año.

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¿Qué pasa con la Covid-19?

El Departamento de Seguridad Nacional (DHS)  proporcionará vacunas contra la Covid-19 apropiadas según la edad, libre de costos, a cada persona inscrita en MPP de 5 años de edad o más. Para entrar a EE.UU. de nuevo, deberás demostrar tu prueba de haber recibido la vacuna contra el virus.

Además, cada persona inscrita en el  MPP deberá demostrar que se le hizo la prueba de Covid-19 dentro los tres días anteriores a su audiencia judicial y que arrojó un resultado negativo en la prueba. Si la prueba arroja un resultado positivo se pospondrá la audiencia, pero esto no afectará negativamente los procedimientos judiciales. Se te pedirá que te aísles durante 10 días en México.

Fui colocado en MPP hace mucho tiempo y me registré con ACNUR en 2021, pero aún no he sido procesado en Estados Unidos. ¿Qué debo hacer?

Esto depende del estatus de tu caso. Si aún estás en procedimientos de remoción activos ante el tribunal, deberás actualizar con EOIR tu dirección actual para que reciba las notificaciones del tribunal acerca de su próxima audiencia judicial.

Si tus procedimientos de remoción han concluido, ya sea que hayan resultado en una orden de remoción o una cancelación, no serás elegible para entrar a Estados Unidos bajo este esfuerzo.

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