Desde el 5 de enero de 2023, los ciudadanos de Nicaragua, Cuba y Haití tendrán que solicitar un parole humanitario al igual que los ciudadanos venezolanos, y para esto es necesario que cuenten con un patrocinador.
¿Quién puede ser patrocinador de un migrante?
Según la información que proporcionó el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) pueden ser patrocinadores los:
- Ciudadanos o nacionales de Estados Unidos.
- Residentes permanentes, temporales legales y residentes permanentes condicionales.
- No inmigrantes con estatus regular, es decir, quienes tienen estatus de no inmigrante y no han violado ninguno de los términos o condiciones del estatus de no inmigrante.
- Asilados, refugiados y personas con permiso de permanencia temporal o parole.
- Titulares del Estatus de Protección Temporal conocido como TPS.
- Beneficiarios de la Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA) y de Salida Forzosa Diferida (DED).
El interesado en ser patrocinador de un migrante puede ser trabajador activo o jubilado, pero debe tener ingresos adicionales a la pensión y que los reporte en sus declaraciones de impuestos.
Debe ser una persona económicamente capaz de asumir los gastos de llegada y manutención del migrante.
¿Debe existir algún parentesco entre el patrocinador y el migrante?
No es necesario que exista parentesco, sin embargo, el patrocinador debe estar dispuesto a someterse a las verificaciones e investigaciones necesarias.
Uno de los principales requisitos para ser patrocinador es demostrar que tienes una buena capacidad económica, ya que deberás. mantener durante dos años a la persona o personas que patrocinarás.
¿Cómo empiezo el proceso de petición?
- Crear una cuenta en el sitio web de USCIS.
- Llenar el Formulario I-134 A y adjuntar los documentos que comprueben tu solvencia económica requerida.
Si vas a patrocinar a más de un migrante, debes llenar un formulario por cada persona aunque sean familia.
¿Qué documentos me piden para demostrar mi solvencia económica?
- Prueba de empleo: Puede ser una carta de tu empleador o un comprobante de nómina.
- Comprobante de cuentas bancarias: Pueden ser cuentas corrientes o de ahorro, y deben estar abiertas al menos tres meses antes de llenar el formulario.
- Carta del banco: Debe detallar cuándo se abrió la cuenta, el balance promedio de depósitos en el último año y el balance actual.
- Reporte de pago de impuestos: Debe ser el más reciente.