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Las 7 cosas que no sabías del parole para personas de Nicaragua, Cuba, Haití y Venezuela

Foto: AP / Voz de América
El parole para personas de Nicaragua, Cuba, Haití y Venezuela tiene requisitos muy estrictos y no es tan sencillo participar; es por eso que genera muchas dudas.

El parole humanitario es un programa a través del cual Estados Unidos recibirá hasta 30 mil personas migrantes originarias de Cuba, Haití, Nicaragua y Venezuela si cumplen varios requisitos, como tener una necesidad humanitaria de protección o una persona con un estatus migratorio regular que se haga cargo de ellos.

Después de su anuncio el pasado 5 de enero, muchas dudas han surgido sobre este proceso, ¿cuáles son los requisitos? ¿Costos? ¿Cómo aplico a él?.

Con el objetivo de aclarar todas las dudas sobre el parole para migrantes cubanos, haitianos, nicaragüenses y venezolanos, te traemos las siguientes respuestas.

Todo lo que debes saber sobre parole para personas de Cuba, Haití, Nicaragua y Venezuela

1 ¿Qué es el Programa de Parole que comenzó el 6 de enero de 2023?

Un proceso para que los haitianos, cubanos, nicaragüenses y venezolanos soliciten ingresar a EE.UU.; cada mes se emitirán hasta 30 mil visas y las personas que la obtengan podrán vivir y trabajar en el país hasta por dos años.

Sin embargo, los beneficiarios necesitarán uno o más patrocinadores, aunque no es necesario que sean familiares deben tener un estatus migratorio regular (residente, ciudadano, TPS).

Una vez se apruebe este permiso, los migrantes beneficiados tendrán 90 días para viajar a EE.UU. por la vía aérea, ellos deben cubrir el costo del vuelo.

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Participar en este programa no tiene costo y la aprobación de la solicitud puede demorar unas pocas semanas, aunque es probable que las solicitudes se atrasen. La aplicación se puede presentar aquí.

2 ¿Quién es elegible para este programa?

Los requisitos básicos para participar son:

  1. Tener un patrocinador en Estados Unidos que presente el Formulario I-134A en línea; este primer paso es indispensable, pues esta persona iniciará el proceso;
  2. Ser cubano, haitiano, nicaragüense o venezolano o un familiar inmediato;
  3. Estar fuera de los Estados Unidos;
  4. No haber ingresado a México o Panamá sin autorización después del 6 de enero de 2023.  Si si ya estás en México, pueden calificar para el programa, pero si no, DEBES PERMANECER DONDE ESTÁS
  5. Poseer un pasaporte vigente válido para viajes internacionales;
  6. Someterse y aprobar una investigación por parte de las autoridades de EE.UU. en antecedentes de seguridad;
  7. Cumplir los requisitos de vacunación y otras pautas de salud pública;
  8. Demostrar que el parole humanitario está justificado por razones humanitarias urgentes;
  9. No haber sido deportado de EE.UU. en los últimos 5 años;
  10. No haber ingresado a EE.UU. entre un puerto de entrada o sin autorización legal después del 6 de enero de 2023.

3 ¿Cuánto tiempo toma el proceso bajo el Programa de Parole de CHNV?

No lo sabemos con certeza, dependerá de la cantidad de solicitudes presentadas y del personal de USCIS disponible para procesarlas.

Una vez que se envía la solicitud, podría tomar algunas semanas o algunos meses. Actualizaremos esto cuando sepamos más.

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4 ¿Qué debo hacer si ya estoy en México o en la frontera?

Si llegaste a México antes del 6 de enero de 2023, o llegaste a México después del 6 de enero de 2023 con autorización legal (como una visa), puedes solicitar el programa desde México.

No intentes ingresar a EE.UU. entre puertos de entrada o sin inspección, o puedes ser descalificado de este programa.

Si llegaste a México después del 6 de enero de 2023 sin una visa o inspección de los funcionarios de inmigración en México, no podrás ser elegible para solicitar este programa desde México.

5 ¿Qué debo hacer si quiero patrocinar a alguien para que venga a EE.UU. bajo el Parole?

Las personas migrantes no pueden iniciar la aplicación por ellos mismos, necesitan un patrocinador que inicie la aplicación del parole por ellos.

Un patrocinador puede ser un familiar del beneficiario, un amigo, un compañero de trabajo, un pastor o incluso una organización, iglesia o empresa. Un beneficiario puede tener muchos patrocinadores, como tres amigos o un padre y un hermano.

Para iniciar el proceso, debes ingresar a https://www.uscis.gov/CHNV y completar el formulario I-134A.

Los patrocinadores deben presentar información financiera para determinar si tienen los recursos y la capacidad para:

  • Albergar
  • Alimentar y
  • Mantener al beneficiario o beneficiarios

No hay pautas establecidas sobre cuántos ingresos o activos debe tener el patrocinador, pero USCIS usa las pautas federales de pobreza como guía.

Una persona puede patrocinar a más de un beneficiario, como una familia, pero debe tener suficientes ingresos

6 ¿Puedo patrocinar a mi hijo menor de edad para que venga a EE.UU.?

Un patrocinador (como un padre o tutor legal) puede presentar una solicitud para un niño menor de edad (menor de 18 años) bajo este programa, siempre y cuando el niño sea ciudadano haitiano o tenga al menos un padre que sea haitiano y que sea elegible para el programa.

Los niños menores de 18 años deben viajar a EE.UU. con un padre o tutor legal para usar este programa. Los niños no acompañados no son elegibles para este programa.

Por otro lado, un tutor legal puede necesitar una orden judicial para probar la tutela.

Si el padre o tutor legal está en México y tiene hijos menores fuera de México que desean ingresar a EE.UU. con ellos a través de este programa, no serán elegibles para el programa si ingresan a México sin autorización legal.

Además, el menor debe tener un pasaporte válido.

7 ¿Quienes quedan fuera del parole humanitario?

Las personas con la doble nacionalidad o residencia permanente en otro país o que tienen un estatus refugiado en otro país quedan fuera; la única excepción es para personas que esten otro país esté dentro del parole humanitario o un proceso similar.

Además, quedarán fuera:

  1. Quienes no aprueben la investigación de antecedentes de seguridad nacional y seguridad pública o se considera que no amerita un ejercicio favorable de discreción;
  2. Personas expulsadas de EE.UU. en los cinco años previos;
  3. Migantes sujetos a un veto de inadmisibilidad basado en una orden de expulsión anterior;
  4. Quienes hayan cruzado irregularmente a Estados Unidos, entre los puertos de entrada, después del 6 de enero;
  5. Ha cruzado irregularmente la frontera mexicana o panameña después del 6 de enero;
  6. Menores de 18 años que no estén acompañados por un padre o tutor legal, es decir que se puedan clasificar como menor no acompañado.

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