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¿Qué es la Ley de Ajuste Cubano?

Un grupo de inmigrantes cubanos en Florida. | Foto: Voz de América.

Desde hace muchos años la Ley de Ajuste Cubano ha permitido a los ciudadanos cubanos que llegan al país, gozar de ciertos privilegios migratorios.

Gracias a esta ley los cubanos que emigran irregularmente a EE. UU. pueden ser elegibles para obtener la Green Card o residencia permanente.

¿Qué es la Ley de Ajuste Cubano (CAA)?

La Ley Pública 89-732 o Ley de Ajuste Cubano (Cuban Adjustment Act) es una ley federal que se promulgó por el gobierno estadounidense el 2 de noviembre de 1966, con el propósito de esta ley era ayudar a los ciudadanos cubanos que huían de su país.

Esta Ley beneficia a:

  • Los nacidos en Cuba o a quienes hayan tenido la nacionalidad cubana.
  • Inmigrantes que hayan sido inspeccionados, admitidos o liberados en EE.UU., después del 1 de enero de 1959.
  • Personas que han vivido en EE.UU. al menos durante un año o sean admitidas como residentes permanentes.

Requisitos para obtener los beneficios de la Ley de Ajuste

El ciudadano cubano que solicita la residencia permanente bajo CAA, debe cumplir con los siguiente requisitos:

  • Llenar completamente el Formulario I-485, es la solicitud para registrar Residencia Permanente o Ajuste de Estatus.
  • Ser ciudadano de Cuba.
  • Haber sido “inspeccionado y admitido o puesto bajo palabra de EE.UU.” después del 1 de enero de 1959 o haber tenido un advance parole después del 1 de enero de 1959.
  • Haber vivido en EE.UU. al menos durante un año hasta el día de la presentación del Formulario I-485.
  • Estar presente en EE.UU. durante la presentación del Formulario I-485.
  • Ser admisible en EE.UU. para optar al estatus de residente permanente.
  • Ser elegible para obtener una exención de inadmisibilidad o cualquier otro perdón migratorio.
  • Ser admitido por USCIS.

¿Qué documentos debo presentar?

  • Formulario I-485.
  • Dos fotografías tipo pasaporte.
  • Copia del pasaporte o documento de identidad oficial con fotografía.
  • Copia del certificado de nacimiento.
  • Evidencia de ser ciudadano cubano.
  • Evidencia de haber vivido en EE.UU al menos durante un año antes de presentar el Formulario.
  • Copia de la página del pasaporte con la visa de no inmigrante (si aplica).
  • Copia de la página del pasaporte con el sello de admisión o permiso de ingreso a EE.UU.
  • Copia del permiso I-94, si no lo tienes, entonces copia del sello de admisión del Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP).
  • Formulario I-693, informe de examen médico y registro de vacunas (puedes enviarlo junto con el Formulario I-485).
  • Registros policiales y/o judiciales certificados en caso de arrestos, condenas o cargos criminales.
  • Formulario I-601, Solicitud de Exención de Causales de Inadmisibilidad (si se solicita).
  • Formulario I-212, Solicitud de Permiso para Volver a Solicitar Admisión a Estados Unidos Después de Deportación o Remoción (si aplica).
  • Documentación de estatus anterior de no inmigrante visa J-1 / visa J-2 (si aplica).
  • Si tienes una visa diplomática debes llenar e incluir el Formulario I-508 para renunciar a ciertos derechos y privilegios.
  • Formulario I-566, Registro Interinstitucional de Solicitudes – Autorización de Empleo para Personas a Cargo según OTAN. Si tienes estatus de no inmigrante A, G u OTAN.
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Beneficios de la Ley de Ajuste Cubano

El beneficio más importante que tienen los inmigrantes cubanos en comparación a los de otras nacionalidades, es que reciben de inmediato beneficios migratorios.

Sin importar los medios, sobre todo los que cruzan de forma irregular, obtienen inmediatamente estatus regular en EE.UU.

El gobierno estadounidense otorga automáticamente la condición de refugiado a los cubanos que huyen de su país, además les dan facilidades para trabajar y acceso a programas sociales.

Otros beneficios que obtienen a través de la Ley del Ajuste Cubano son:

  • Autorización de empleo de forma inmediata.
  • Trámite de la Tarjeta de Residencia legal sin necesidad de prestar una declaración jurada de manutención (Affidavit of Support).
  • Asignación del Número de Seguridad Social.
  • Beneficios estatales de alimentación y alojamiento.

Ajuste del estatus migratorio sin necesidad de salir del país para efectuar el trámite consular.

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