La visa humanitaria (permiso humanitario) o Beneficio Público Significativo para Personas que Están Fuera de Estados Unidos permite a las personas permanecer en dicho país de manera temporal por razones humanitarias urgentes o de beneficio público significativo.
¿Cómo saber si eres elegible?
Cualquier persona que tenga una emergencia y exista una razón humanitaria urgente o de beneficio público significativo puede solicitar el permiso o visa humanitaria para Estados Unidos.
Si no existe una razón humanitaria urgente para tu visita, debes seguir los procesos normales para recibir una visa. No se puede utilizar el permiso temporal para evadir los trámites o el proceso de inmigración.
En el caso de que estés en proceso de deportación o hayas sido deportado anteriormente debes presentar tu solicitud de la visa humanitaria ante el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de Estados Unidos (ICE).
¿Quién puede solicitar el parole o la visa humanitaria?
Cualquier persona puede solicitar un permiso de permanencia temporal para sí mismo, o a nombre de otra persona, presentando el Formulario I-131.
El solicitante puede completar el formulario para él o a nombre de una persona que viva fuera de Estados Unidos. Además, el solicitante no tiene que vivir en Estados Unidos o estar relacionado con el beneficiario.
¿Cómo solicitar el permiso o visa humanitaria?
Para solicitar el permiso temporal humanitario debes:
- Completar y firmar el Formulario I-131 y Formulario I-134.
- Pagar la tarifa de presentación por cada solicitante de permiso.
- Proporcionar una explicación detallada y evidencia sobre tus circunstancias
Si quieres recibir un mensaje de texto o un correo electrónico que te notifique cuando tu solicitud haya sido aceptada, completa el Formulario G-1145 y adjúntalo a la primera página de tu solicitud.
Debes enviar tu solicitud por servicios de paquetería DHS, FedEx o UPS a la siguiente dirección:
USCIS
Attn: HP (Box 660865)
2501 S. State Hwy. 121 Business
Suite 400
Lewisville, TX 75067-8003
Si utilizaras el Servicio Postal de Estados Unidos (USPS) debes enviarla a:
USCIS
Attn: HP
P.O. Box 660865
Dallas, TX 75266-0865
Aspectos a considerar
Es importante recalcar que el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) considerará cada petición y la evidencia presentada de manera individual según el caso. La responsabilidad de presentar evidencia para demostrar que el permiso de permanencia temporal o visa humanitaria debe autorizarse recae en el solicitante.
Aunque no existe una definición de “razones humanitarias urgentes” el personal del USCIS tomara en consideración los siguientes factores:
- Si las circunstancias son o no son apremiantes
- El efecto de las circunstancias sobre el bienestar de la persona; y
- El grado de sufrimiento que podría resultar si el permiso de permanencia temporal no se autoriza.