Según el New York Times, las mujeres migrantes indocumentadas no suelen disponer de servicios públicos de salud, aunque sean válidos para indocumentados, porque viven con miedo a ser deportadas. Por esta razón muchas no realizan sus chequeos prenatales, ni contemplan los riesgos a los que están expuestas en su entorno laboral, entre ellos la discriminación por embarazo.
Debes saber que independientemente a tu estatus migratorio, ya seas migrante legal o indocumentada estás protegida por La Ley de Discriminación por Embarazo (PDA, por sus siglas en inglés) y por la Ley de Licencia Médica y Familiar (FMLA, por sus siglas en inglés).
Recuerda que es obligación de los empleadores “garantizar las condiciones laborales adecuadas a todos sus empleados”, incluyendo los migrantes en situación irregular.
De acuerdo con la Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo la discriminación por embarazo consiste en “tratar a una mujer (empleada o solicitante de empleo) de manera no favorable por embarazo, parto o alguna afección médica relacionada con el embarazo o el parto”.
¿Qué acciones se consideran discriminatorias?
Este tipo de abuso laboral puede denunciarse si te discriminan o excluyen en alguno de los siguientes aspectos, ya sea por cuestión directa o indirecta respecto a tu embarazo:
- La contratación.
- Ser despedida.
- La remuneración.
- Asignaciones laborales.
- Se te prohíbe un ascenso por tu condición.
- Te despiden temporalmente.
- Te niegan la capacitación.
- Los beneficios complementarios, tales como licencia y seguro médico, y cualquier otro término o condición de empleo.
Recuerda que el embarazo para las leyes laborales se trata como si fuera una afección médica, pues cualquier cosa de riesgo o sobresfuerzo que hagas puede ser perjudicial para ti y tu bebé. Por esta razón las leyes de tu incapacidad son parecidas a las que se siguen con empleados que tienen alguna discapacidad de salud. En todo caso, de acuerdo con la ley:
“el empleador quizá tenga que otorgar tareas pasivas, asignaciones alternativas, licencia por discapacidad o licencia sin goce de sueldo a las empleadas embarazadas si también dispone eso para otros empleados temporalmente discapacitados”
Esto incluye impedimentos derivados de tal situación. Por ejemplo, diabetes gestacional o preeclampsia, una afección caracterizada por hipertensión inducida por el embarazo y proteínas en la orina) pueden ser discapacidades en virtud de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA, por sus siglas en inglés)
Esta última ley indica que
“un empleador proporcione la adaptación razonable a un empleado o solicitante de empleo con una discapacidad, salvo que hacerlo generara dificultades o gastos significativos para el empleador (“carga onerosa”)
De a misma forma, el acoso está prohibido. Ya sea por parte de tu jefe u otros compañeros.
Por tanto, tienes derecho a no realizar actividades que supongan un riesgo para ti; a tener una incapacidad; a lactar libremente. Lo anterior, siempre y cuando tu empleador cuenta con más de 15 empleados.
¿Qué debo hacer si sufro discriminación por embarazo?
Lo primero que debes hacer es informarte y levantar una denuncia. Como se ha dicho, no importa tu estatus migratorio. Muchas mujeres no denuncian por miedo a ser deportadas y ponen en riesgo su embarazo por desconocer que existen lugares que pueden apoyarlas.
Si tú conoces a alguien o eres una de ellas puedes consultar tu caso llamando a la Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEOC) para hacer la denuncia al 1-800-669-4000. También está el numero para personas con dificultades auditivas que es 1-800-669-4000. O bien enviar un email al [email protected]
Si deseas saber más sobre la Ley de Licencia por Razones Médicas y Familiares o sobre el receso para madres lactantes, visita http://www.dol.gov/whd o llama al 202-693-0051 o al 1-866-487-9243 (voz), 202-693-7755 (TTY).