Suprema Corte revoca decreto de Trump; protege derecho a la ciudadanía por nacimiento
En un fallo histórico, el máximo tribunal de Estados Unidos ratificó el derecho a la ciudadanía por nacimiento para hijos de migrantes.

Con un fallo de 6-3, la Suprema Corte revocó la Orden Ejecutiva 14160 del presidente Donald Trump, a través de la cual quería restringir el derecho a la ciudadanía por nacimiento para los hijos de los migrantes nacido en Estados Unidos, reafirmando así la vigencia de la Decimocuarta Enmienda de la Constitución, la cual garantiza que casi todas las personas nacidas en territorio estadounidense son ciudadanas del país, independientemente del estatus migratorio de sus padres.
Esto dijo la Suprema Corte sobre el derecho a la ciudadanía por nacimiento
El decreto de Trump, emitido el primer día de su segundo mandato, ordenaba a las agencias gubernamentales no reconocer la ciudadanía de los hijos de inmigrantes si ninguno de los padres era ciudadano estadounidense o residente legal permanente (poseedor de una “green card”). El tribunal, en el caso Trump v. Barbara, dictaminó que esta medida era ilegal y contraria a la estructura constitucional.
El presidente de la Corte, John Roberts, quien redactó la opinión mayoritaria, enfatizó la importancia histórica y jurídica de este derecho:
“La ciudadanía, antes y ahora, era el derecho a tener derechos, a participar libremente en nuestra comunidad política. Los redactores de la Decimocuarta Enmienda extendieron esa promesa a ‘toda persona nacida libre en esta tierra’. Hoy mantenemos esa promesa”.
Para quitar este beneficio, la administración argumentaba que el simple hecho de nacer en EE.UU. no era suficiente para estar “sujeto a la jurisdicción” del país, tal como estipula la Enmienda. El Procurador General D. John Sauer sostuvo que la ciudadanía por nacimiento devalúa este “don invaluable” y beneficia injustamente a quienes violan las leyes migratorias.
Por el contrario, defensores de los derechos civiles, como la Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU), celebraron el fallo, subrayando que esta protección es una declaración fundamental sobre la identidad de la nación: “No importa quiénes sean tus padres, si naces aquí, perteneces aquí”.

Contexto global y legal
La práctica estadounidense de otorgar la ciudadanía por nacimiento (jus soli o “derecho de suelo”) deriva del derecho común inglés. Sin embargo, se diferencia de la mayoría de los países del mundo, especialmente fuera de América, que siguen el principio de jus sanguinis (“derecho de sangre”), donde la ciudadanía se hereda de los padres, independientemente del lugar de nacimiento.
Cabe destacar que incluso el Reino Unido, país de origen de la tradición legal estadounidense, abolió el jus soli automático en 1981. A pesar de este panorama global, la Corte Suprema de EE.UU. ha decidido mantener la interpretación clásica de su Constitución, rechazando el intento del Ejecutivo de subordinar la ciudadanía a los permisos de residencia de los progenitores.
La decisión representa un revés significativo para la agenda migratoria de la Casa Blanca, la cual ya había enfrentado bloqueos en tribunales inferiores antes de llegar a la máxima instancia judicial. Con este fallo, la Corte pone fin a la incertidumbre legal que pesaba sobre millones de personas y confirma que la Constitución prevalece sobre los decretos ejecutivos que pretendían alterar los fundamentos mismos de la ciudadanía estadounidense.
Era una victoria esperada, pero había dudas
A pesar de que este fallo era esperado por especialistas, los últimos fallos de la Suprema Corte en temas como poner fin al Estatus de Protección Temporal (TPS) para personas originarias de Haití y de Siria o bloquear las solicitudes de asilo en la frontera de Estados Unidos con México, generaron dudas sobre la resolución del máximo tribunal del país en este caso.

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