El Instituto Nacional de Migración (INM) deberá de otorgar la condición de “visitante por razones humanitarias” a varias personas solicitantes de asilo en México, así lo ordenó la Jueza Decimoquinta de Distrito de Baja California.
A través de un comunicado, la Clínica Jurídica para Refugiados “Alaíde Foppa” (CJR) detalló que este fallo fue gracias a un recurso legal que interpusieron el pasado 13 de marzo.
¿Cómo beneficia este fallo a los solicitantes de asilo en México?
El otorgar este estatus beneficia directamente a las personas que buscan asilo en México, pues les concede a las personas un estatus migratorio regular.
Recordemos que, la ley establece derechos para las personas que buscan el reconocimiento de la condición de refugiado por parte de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR).
Entre estos derechos encontramos el acceso a:
- La salud
- La educación
- El trabajo
Además, es obligación del INM emitir una Tarjeta de Visitante por Razones Humanitarias (TVRH), la cual también impide la deportación de los migrantes.
“En muchos casos, la TVRH es el único documento de identidad con el que cuentan las personas”, sostiene el CJR.
¿Cuál es el estatus de visitante por razones humanitarias?
Este estatus se brinda a personas migrantes en México en situaciones especiales.
Las personas que reciben este estatus:
- Obtienen un estatus migratorio regular que les permite vivir en México por un año.
- Dependiendo de otros procesos pueden transitar libremente por México*.
- Poder trabajar.
*Cabe aclarar que las personas con un trámite de asilo en México no pueden dejar la entidad en la que iniciaron el proceso o este será cancelado.
Demanda inició por la poca respuesta de las autoridades
Desafortunadamente, desde finales de 2023 el INM dejó de emitir permisos de visitante por razones humanitarias y actualmente se emite una hora y no una tarjeta.
En respuesta a esta situación, la Clínica Jurídica para Refugiados “Alaíde Foppa” de la Universidad Iberoamericana Tijuana, presentó un amparo.
Tras evaluar la omisión del INM, la Jueza decidió que Migración debe brindar la TVRH inmediatamente.
“Desde la Clínica Jurídica sostenemos que la omisión de dar documentación es un obstáculo que violenta el derecho a buscar y recibir asilo”, expresan.
Además, dicen que estas prácticas desalientan la búsqueda de protección internacional y van en contra de una migración regular, segura y ordenada.