Es muy importante contar con nuestro pasaporte a la mano y vigente, pues es un documento que a parte de que nos permite viajar a otros países, también funciona como una identificación. Y no es un documento exclusivo para los adultos, pues los menores de edad también deben de contar con su pasaporte venezolano.
Esto con el objetivo de que los niños, niñas y adolescentes venezolanos que se encuentran en el extranjero cuenten con algún documento para poder identificarse.
Para realizar este trámite, tienes que acudir al consulado o embajada venezolana en el país que te encuentras.
Así puedes tramitar el pasaporte venezolano para menores de edad en el extranjero
Pasos
- El padre, madre o tutor debe de registrarse en la página web del SAIME, lo puede hacer dando clic aquí.
- Inicia sesión con usuario y contraseña. (En caso de no contar con una debes de crearla).
- Accede a la opción de pasaporte > pasaporte en el extranjero
- Selecciona la opción “menor de edad”
- Llena los datos que se te solicitan y selecciona la sede consular donde deseas sacar la cita para el pasaporte
- Efectúa el pago en línea al SAIME que es de $200 dólares americanos.
- Imprime el comprobante de pago
Nota: Una vez que el SAIME haya revisado y autorizado tu solicitud, te otorgará una cita.
Cuando se te otorgue tu cita, recibirás un correo electrónico con la planilla de solicitud de pasaporte venezolano, que te indicará los datos de la tramitación (La oficina consular donde debes tramitar el pasaporte y la fecha en la que tienes que acudir a tu cita).
Documentos para tramitar el pasaporte venezolano para menores de edad
- Original y copia de la cédula de identidad del menor de edad
- Presencia de ambos padres
- Copia de la cédula de identidad de ambos padres
- Original y copia de la partida de nacimiento del niño, niña o adolescente
- Si alguno de los padres no se encuentra, el presente deberá otorgar la autorización del padre o madre ausente debidamente notariada, legalizada y apostillada del Consejo de Protección del Niño Niña y Adolescente (NNA).
- En caso de que alguno de los padres haya fallecido, deberá presentar el acta de defunción
- Si existe ausencia de ambos padres, el representante legal deberá presentar la autorización de los padres ausentes debidamente notariada, legalizada y apostillada del Consejo de Protección del Niño Niña y Adolescente (NNA).
Importante
Los niños menores de 18 años están exentos del pago para el arancel consular por los trámites de expedición, renovación o prórroga de pasaporte.