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Corte de apelaciones restituye prioridades de deportación de Joe Biden

orte de apelaciones restituye prioridades de deportación de Joe Biden. | Foto: Facebook oficial de Joe Biden.
Jueces de la Corte de Apelaciones del 5to. Circuito restituyeron las prioridades de deportación dictadas por el gobierno de Joe Biden. | Con información de Univision.

Un panel de jueces de la Corte de Apelaciones del 5to. Circuito por unanimidad restituyó las prioridades de deportación de Joe Biden.

Cabe destacar que las prioridades de deportación se enfocan en las personas migrantes que hayan cometido delitos graves y que son una amenaza a la seguridad pública y nacional de Estados Unidos.

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Asimismo, los tres jueces respaldaron dos directivas emitidas por el gobierno. Una en enero y otra en febrero, que redujeron el alcance de las operaciones de la Oficina de Inmigración y Aduanas (ICE).

De igual forma, las prioridades establecidas por el gobierno se bloquearon el pasado 19 de agosto por el juez de distrito Drew Tipton, de Texas. Puesto que dictaminó que la política de Biden violaba los mandatos del Congreso en cuanto a las operaciones de la agencia.

Demanda al gobierno de Joe Biden

Dicha orden se dio como respuesta a una demanda de los estados de Louisiana y Texas, quien aseguraron que la política migratoria de Joe Biden “viola la ley de Procedimiento Administrativo (APA)”.

En abril pasado, los fiscales de Louisiana y Texas demandaron al gobierno de Joe Biden por haber modificado parte de la política migratoria; ya que alteró las prioridades de deportación estipuladas por el expresidente Donald Trump el 25 de enero de 2017.

¿Cuáles son las prioridades de deportación de Joe Biden?

En enero pasado, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) anunció las prioridades de deportación:

1. Seguridad nacional. Un agente de seguridad nacional puede presumir que un no ciudadano es prioridad de deportación si:

  • Ha participado o es sospechoso de participar en actos de terrorismo o está relacionado con actividades terroristas.
  • Se ha involucrado o es sospechoso de participar en actividades de espionaje o relacionadas con actividades de espionaje.
  • Su aprehensión, arresto o custodia es necesaria para proteger la seguridad nacional de Estados Unidos.

2. La seguridad fronteriza. Un agente de seguridad nacional puede presumir que un no ciudadano no es prioridad de deportación si:

  • Lo detuvieron en la frontera o en un puerto de entrada mientras intentaba entrar ilegalmente a Estados Unidos a partir del 1 de noviembre de 2020.
  • O no estuvo físicamente en Estados Unidos antes del 1 de noviembre de 2020.

3. Seguridad pública. Un agente de seguridad nacional puede presumir que un no ciudadano es prioridad de deportación si:

  • Representa una amenaza para la seguridad pública.
  • Ha sido condenado por un delito grave, según se define en la sección 101 (a) (43) del INA.
  • O ha sido condenado por un delito por participación activa en una pandilla criminal callejera, como se define en 18 U.S.C. 521 (a) no menor de 16 años. Además, participó intencionalmente en un crimen organizado pandilla u organización criminal transnacional para promover las actividades ilegales.

Estas son las excepciones:

Las prioridades de deportación, también, establecen que:

  • Los agentes deben evaluar si el no ciudadano “actualmente representa una amenaza para la seguridad pública”. Así como “la extensión, seriedad y actualidad de la actividad delictiva” cometida por el extranjero antes de efectuar una deportación.
  • También deben considerar factores claves. Tales como: situaciones familiares, médicas y de salud, vínculos con la comunidad, evidencia de rehabilitación. Y si la persona tiene disponible ayuda migratoria potencial.
  • Es necesario basar sus conclusiones sobre la participación intencional en un crimen organizado, pandemia u organización delictiva transnacional. Deben basarse en pruebas fiables y consultar con otras agencias federales involucradas para llegar a esta conclusión.
  • Los agentes deben poner atención en los casos que involucran a no ciudadanos que son ancianos o que tienen una enfermedad física o mental grave.
  • Finalmente, las órdenes de deportación deben tener una razón de peso.

Con información de Univision.

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