Anuncio

La opacidad binacional de los acuerdos para recibir personas deterceras nacionalidades deportadas a México desde EUA

El pasado 25 de marzo, el juez federal William G. Young, del Distrito de Massachusetts, emitió una resolución que desnuda la surrealista informalidad de la política migratoria entre Estados Unidos y México. En el caso de un ciudadano cubano, el juez Young frenó su expulsión cuestionando cómo es posible que se deporte a miles de personas de terceros países basándose en un “acuerdo no escrito” entre dos naciones soberanas.

Ante la corte, el Departamento de Justicia de Estados Unidos admitió que no existe un documento firmado, sino un “acuerdo verbal” por el cual México acepta recibir a nacionales de Cuba, Haití, Nicaragua y Venezuela. El juez Young calificó esta situación como un “pueblo Potemkin” de la legalidad, una fachada sin arquitectura jurídica, y lanzó una pregunta punzante: “¿Se puede creer que 6,000 personas de nacionalidad cubana han sido enviadas a México mediante un apretón de manos?”.

Esta crisis no puede resolverse solo con la negativa a recibir personas. La realidad es tan cruda que, ante la falta de debido proceso en los centros de detención estadounidenses, muchas personas vulnerables —protegidas por la Convención contra la Tortura— prefieren el destino incierto en México que la muerte en sus países de origen. Sin embargo, la hospitalidad no puede ser un eufemismo para el abandono.

Anuncio

Como señaló la Comisionada Andrea Pochak de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos el pasado 11 de marzo en Guatemala, durante una audiencia donde 22 organizaciones regionales denunciaron estas deportaciones: “La dignidad humana no es negociable. En esta época de crisis de legalidad, cada funcionario y cada Estado tendrá que rendir cuentas y explicar qué hizo y dónde estuvo parado mientras se vulneraban derechos fundamentales”.

Si México decide participar en este esquema bajo la administración Trump 2.0, debe hacerlo con institucionalidad. La exigencia de organizaciones como el Instituto para las Mujeres en la Migración (IMUMI) es clara:

 Documentación migratoria. El otorgamiento inmediato de documentos con autorización de empleo, garantizando acceso a vivienda, salud y educación.

Anuncio

 Evaluaciones de protección. La Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR) realice evaluaciones individuales, especialmente para personas centroamericanas en riesgo de una “devolución en cadena” (chain re-foulement).

 Información y opción. Toda persona deportada debe recibir información clara sobre su derecho a solicitar asilo en México antes de ser enviada a ciegas hacia la frontera sur.

Hoy, el Instituto Nacional de Migración opera en la opacidad, ignorando la sentencia 302/2022 de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que le obliga a publicar lineamientos claros en el Diario Oficial sobre cómo atender a las personas que son devueltas. En lugar de ello, miles de personas —incluyendo adultos mayores con enfermedades crónicas y madres y padres separados de sus familias en los EUA — son abandonadas en Villahermosa, Tabasco, dejando la carga humanitaria en los albergues que están desbordados.

El juez Young ha llamado a las cosas por su nombre al exigir evidencia real de un acuerdo firmado. Es hora de que el gobierno mexicano haga lo propio: dejar atrás los pactos secretos y asumir la responsabilidad jurídica de proteger a quienes, en su desesperación, ven en nuestro país su última oportunidad de vida. Como señala la resolución, la justicia no puede ser una fachada pintada por abogados mientras la dignidad humana se desvanece en el camino.

Autor(a)
Sovrn Pixel