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¿Qué es la carta de recomendación de Comar y cómo la tramito?

La carta de recomendación COMAR (Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados) es un documento clave en trámites ante la SRE o el INM.

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La carta de recomendación COMAR (Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados) es un documento clave que la comisión otorga a las personas que han sido reconocidas como refugiadas o que cuentan con protección complementaria. Su propósito principal es facilitar trámites migratorios posteriores ante otras dependencias, como la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) o el Instituto Nacional de Migración (INM).

Guía completa sobre la carta de recomendación Comar

Si bien el documento es conocido como carta de recomendación, en realidad este documento es un oficio de recomendación emitido por la Secretaría de Gobernación (Segob) a través de la Comar, el cual se expide en situaciones muy puntuales, una vez que el solicitante ha obtenido una resolución positiva.

De acuerdo con la Segob: este documento se expide cuando los refugiados no pueden cumplir con los requisitos establecidos en la Ley de Nacionalidad y su reglamento.

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¿En qué casos se puede presentar y cómo se presenta el oficio de recomendación de Comar?

Este es un escrito libre que que presentan las personas que buscan realizar el procedimiento de naturalización ante la Secretaría de Relaciones Exteriores.

El documento deberá estar dirigido a la Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados e incluir:

  • Nombre de los interesados
  • Solicitar la emisión de recomendación a la Secretaría de Relaciones Exteriores para efectos del trámite de naturalización.
  • El escrito deberá estar firmado por los interesados.

Este trámite es gratuito y una ves se haya presentado, la Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados deberá emitirá la recomendación correspondiente en un término no mayor a 5 días hábiles.

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Casos en los que NO se necesita la carta de recomendación COMAR

Es importante diferenciar los procesos para evitar confusiones, ya que la Comar no tiene la facultad de emitir ciertos documentos:

  1. Para iniciar la Solicitud de Refugio:
    • Aclaración: Para iniciar el trámite de reconocimiento de la condición de refugiado, no se necesita una “carta de recomendación”. Lo que se requiere es presentarse en las oficinas de Comar o INM y manifestar por escrito o verbalmente la solicitud. La prueba de inicio del trámite es la Constancia de Trámite que la Comar otorga al solicitante.
  2. Para obtener el permiso de trabajo o la Tarjeta de Residente:
    • La Comar no emite permisos de trabajo ni documentos de regularización migratoria como la Tarjeta de Visitante por Razones Humanitarias (TVRH) o la Tarjeta de Residente Permanente.
  3. Para obtener apoyos económicos, becas o albergues:
    • Comar no administra albergues ni otorga apoyos económicos o becas.

Autor(a)

Soy reportero especializado en migración, desde trámites en México o Estados Unidos, procesos de documentación, impuestos, hasta asilo y derechos humanos. Te daré la información que necesitas para tu día a día. Ningún tema es muy pequeño para investigar.

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