19 de enero de 2025

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Prohíben al INM detener a migrantes en Terminal de Autobuses del Norte de la CDMX

El medio "La Jornada" consultó al INM sobre este operativo y no recibieron respuesta por parte de la institución | Foto: Abel Domínguez / Conexión Migrante
El sexto juzgado en materia Administrativa negó al INM hacer más operativos en las inmediaciones de la Central de Autobuses del Norte

Sin importar tu estatus migratorio, el Instituto Nacional de Migración (INM) no puede detenerte en las inmediaciones de la Terminal de Autobuses del Norte de la Ciudad de México, así lo determinó el Tribunal Colegiado.

Gracias al recurso legal interpuesto por el Instituto Federal de Defensoría Pública­ (IFDP), a través de la Unidad de Litigio Estratégico en Derechos Humanos (ULEDH), se determinó que el INM no puede realizar operativos de desalojo forzoso en dicha terminal, ubicada en la Alcaldía Gustavo A. Madero.

¿Qué pasará con el INM en la Terminal de Autobuses del Norte?

Gracias al amparo indirecto (1885/2023), interpuesto ante el Juzgado Sexto de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México, se determinó lo siguiente:

Los operativos realizados por el gobierno de la CDMX y el INM bajo la figura de “verificación y rescate” son actos violatorios de los derechos humanos a la:

  • Igualdad y no discriminación
  • Libertad de circulación
  • Integridad
  • Libertad personal
  • Vida privada
  • Seguridad jurídica
  • vivienda digna

¿Qué resolvió el Juzgado?

El Juzgado Sexto negó las medidas a las autoridades responsables para que instalen albergues de alojamiento temporal y la realización de operativos de revisión migratoria.

Ante la negativa de las autoridades de acatar  las medidas, la ULEDH promovió un recurso de queja (38/2024), declarado fundado éste 24 de enero por el Sexto Tribunal en Materia Administrativa del Primer Circuito, por lo que se otorgó la suspensión provisional para que se instalen albergues temporales y suspensión de plano al INM, prohibiéndole seguir con los operativos de revisión de migrantes.

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Al igual el gobierno de la Alcaldía Gustavo A. Madero y de la Ciudad de México no pueden solicitar dichos operativos al INM en los alrededores de la estación camionera.

El sexto tribunal argumentó que es de interés salvaguardar la seguridad e integridad de las personas migrantes, además de que la norma establece la habilitación de estancias temporales en donde se respete los derechos humanos de las personas extranjeras.