Con el objetivo de facilitar el registro de nacimiento, así como otros trámites de identidad para los hijos extranjeros de padres mexicanos, el diputado migrante Mario Torres Escudero propuso la iniciativa para eliminar apostilla en actas de nacimiento.
La votación para el avance de esta iniciativa se llevo a cabo el pasado miércoles 25 de octubre, en la sesión 24, ante la Cámara de Diputados.
Y el diputado migrante, Mario Torres, la propuso en conjunto con las diputadas:
- Jasmine María Bugarín Rodríguez (PVEM)
- Olga Leticia Chávez Rojas (GP-Morena)
- Elvia Yolanda Martínez Cosío (GP-MC)
Quienes vieron que este trámite se encuentra sumergido en procesos burocráticos, por lo que se vuelve casi imposible hacerlo.
De acuerdo con la Constitución Política Mexicana, la nacionalidad mexicana se adquiere por nacimiento o naturalización, por lo que se reconoce la nacionalidad mexicana de hijos extranjeros de papás mexicanos (uno o ambos).
Además existen cifras alarmantes, pues en el 2021 se registraron:
- 169 mil 575 personas mexicanas por ascendencia sin reconocer
- 12 mil 428 más con reconocimiento no especificado
- 180 mil personas mexicanas nacidas en el extranjero que no cuentan con un acta de nacimiento mexicana.
¿Qué se busca con la iniciativa?
De acuerdo con los diputados migrantes, lo que buscan es lo siguiente:
- Quitar la legalización consular o de la apostilla para los documentos de nacimiento que acrediten la nacionalidad e identidad de personas mexicanas nacidas en el extranjero o migrantes en retorno.
- Para acreditar su identidad y su nacionalidad mexicana sólo tengan que presentar el certificado de nacimiento extranjero y el acta de nacimiento del padre o madre mexicanos.
Con el objetivo de que su nacimiento quede asentado en los Registros Civiles mexicanos, tal como la normativa lo dicta.
Iniciativa para eliminar apostilla en actas de nacimiento traería grandes beneficios
Asimismo, los diputados señalan que si esta iniciativa se aprueba habrá un gran beneficio para la comunidad migrante mexicana en lo siguiente:
- Proteger el derecho a la identidad y la nacionalidad de los nacidos en el extranjero y que quieran registrarse como connacionales ante las autoridades mexicanas.
- Facilitar el trámite para obtener el registro de nacimiento ante los Registros Civiles mexicanos al eliminar la obligatoriedad de la legalización consular o apostilla.
- Acabar con los procesos que limitan las libertades de los nacidos en el extranjero de padres mexicanos, mismos que desean adquirir la nacionalidad mexicana.
- Garantizar que niñas y niños nacidos en el extranjero de padres mexicanos tengan el derecho a ejercer todas las libertades que reconoce la Constitución mexicana.
Planteamientos para defender la iniciativa
México es parte del tratado internacional (Convención de la Apostilla) que establece que para hacer legal un documento público de un extranjero tiene que ser apostillado.
Esto significa que son los diplomáticos o consulares del país, quienes deben verificar la autenticidad del documento. (Firmas, calidad, sellos y timbre correctos).
La apostilla podrá no exigirse cuando las leyes en vigor del Estado que la requieran, sea rechazada o simplificada:
- Artículo 2: Cada Estado contratante eximirá de legalización a los documentos a los que se aplique el presente Convenio y que deban ser presentados en su territorio.
- Artículo 3: La única formalidad que pueda exigirse para certificar la autenticidad del documento de la firma, la calidad en que el signatario del documento, será la fijación de la apostilla expedida por la autoridad competente. Sin embargo, la formalidad mencionada en el párrafo anterior no podrá exigirse cuando las leyes en vigor en el Estado que requiera el documento deba surtir efecto, o bien un acuerdo entre dos o más Estados, la rechacen o la simplifiquen.
¿Qué se pide?
Terminar con la vulnerabilidad a la que se enfrentan los hijos extranjeros al no estar registrados en México.
Al no ser reconocidos como mexicanos no cuentan con una identidad y no pueden gozar de sus derechos y libertades fundamentales.
Por lo que se pide que sea el Registro Nacional de Población e Identidad quien emita los lineamientos para acreditar la autenticidad de los certificados de nacimiento expedidos en el extranjero.
Y en caso de imposibilidad para obtener la legalización, ésta se substituirá por cualquier prueba adecuada para garantizar su autenticidad.
Esto se puede hacer posible proponiendo que en los artículos 314 y 1144, en dónde tratándose de documentos de nacimiento que acrediten la nacionalidad e identidad de personas nacidas en el extranjero o migrantes en retorno no se requerirá de la legalización consular o de la apostilla.
Solo sea necesario presentar el certificado de nacimiento extranjero y el acta de nacimiento del padre o madre mexicanos para acreditar su identidad y su nacionalidad mexicana.