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USCIS facilitará trámite para migrantes que han solicitado extender su estadía en EEUU

La agencia señaló que no deberás pagar esta tarifa, si tu solicitud es matasellada el 1ro de octubre o después de esta fecha.

A partir del 1ro de octubre del 2023, los migrantes que han realizado su solicitud para extender su estadía en EEUU o para Cambio de Estatus de No Inmigrante a través del Formulario I-539  quedarán exentos de pagar $85 dólares por los Servicios de biometría.

Mediante un comunicado, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) señaló que no deberás pagar esta tarifa, si tu solicitud es matasellada el 1ro de octubre del 2023 o después de esta fecha.

No obstante, si presentaste tu formulario I-539 antes del 1 de octubre, USCIS te programará una cita y tendrás que acudir al ASC como ya estaba previsto.

Este cambio beneficiará el bolsillo de aquellos migrantes que se encuentran en medio del proceso para prolongar su estadía en EEUU más allá del período de admisión autorizado.

O para aquellos qué están cambiando su condición de no inmigrante a una categoría diferente.

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¿Cuál es el estatus de de no inmigrante?

El estatus de no inmigrante se le otorga a los ciudadanos extranjeros que visitan Estados Unidos por un período corto de tiempo.

Y que van por motivos específicos, como el turismo, los negocios o la educación.

¿Quiénes pueden presentar el Formulario I-539 para extender su estadía en EEUU?

Las personas que poseen las siguientes Visas podrán presentar el Formulario I-539 y solicitar la extensión de su estadía en EEUU:

  • Visa A (para personas con puestos diplomáticos y familia directa).
  • A-3 (familia directa, empleados y asistentes de titulares de visa A)
  • B (personas que van a EEUU por negocios o turismo)
  • Dependientes CW-1 (trabajadores no inmigrantes con contratos temporales)
  •  E (comerciantes, inversionistas y dependientes)
  • G (funcionarios de gobierno extranjeros y su familia directa)
  • G-5 (familia directa, empleados y ayudantes de funcionarios de gobierno extranjeros)
  • H-4 (dependientes de trabajadores temporales especializados)
  • K-3 (prometida, prometido, hijas o hijos menores de una persona con la ciudadanía de EEUU)
  • K-4 (dependientes de personas con la ciudadanía de EEUU como cónyuges, hijas e hijos menores)
  • L (cónyuges, hijas e hijos dependientes de una empresa)
  • M (estudiantes vocacionales y sus cónyuges, hijas o hijos)
  • N (padre, madre, hijas e hijos de “inmigrantes especiales”)
  • O-3 (familiares directos o pareja de individuos con aptitudes excepcionales)
  • P-4 (familiares directos y/o pareja de atletas y presentadores)
  • R-2 (Pareja y/o familia directa de trabajadores religiosos)
  • TD (Hijos menores de edad y/o pareja de titulares de visas TN)
  • T (víctimas de trata de personas y su familia directa y/o pareja)
  • U (víctimas de violencia doméstica, así como para sus hijas e hijos menores)
  • V (pareja e hijos menores de determinados titulares de la tarjeta verde o Green Card)

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