Podrás obtener la visa P-2, sólo si irás a USA bajo un programa de intercambio recíproco entre una organización estadounidense y una organización en otro país.
Criterios de elegibilidad
Debes ser un artista que entrará a USA a través de un programa de intercambio recíproco acreditado por el gobierno.
Además, debes tener habilidades comparables a aquellos artistas y animadores estadounidenses que forman parte del programa fuera del país.
Trámite de la visa P-2
Para que puedas calificar para una visa P-2, la organización laboral en USA o su empleador estadounidense deberá presentar un Formulario I-129, Petición de Trabajador No Inmigrante.
También es importante que tengas en cuenta que el peticionario que presentará las solicitudes en calidad de agente debe demostrar que está cabalmente autorizado para fungir como agente.
Puedes encontrar los requisitos de elegibilidad en este enlace.
Documentos que necesitas
Además del Formulario I-129 necesitas presentar los siguientes documentos:
- Consulta por escrito proveniente de una organización laboral apropiada.
- Copia del acuerdo formal de intercambio recíproco entre la organización estadounidense y la organización en el país extranjero.
- Declaración de la organización patrocinadora describiendo el intercambio recíproco de artistas.
- Evidencia de que tú y el artista estadounidense sujeto al intercambio son artistas con habilidades comparables.
- Evidencia de que una organización laboral apropiada en USA estuvo involucrada en la negociación.
Además es muy importante que si los eventos o presentaciones se llevan a cabo en diferentes localidades, tienes que presentar un itinerario.
¿Cuánto tiempo puedo permanecer en USA?
El tiempo necesario para finalizar el evento, competencia o presentación, no deberá exceder de un año.
Sin embargo, podrás solicitar un incremento hasta de un año para finalizar el evento, competencia o presentación.
Cambio de empleador
Puedes cambiar de empleador, pero únicamente después de que tu nuevo empleador haya presentado un nuevo Formulario I-129 ante USCIS solicitando permiso para extender tu estadía.
No debes comenzar a trabajar hasta que se haya aprobado el Formulario I-129.
¿Qué pasa con mis familiares?
Tu cónyuge e hijos solteros menores de 21 años pueden obtener el estatus P-4.
Aunque tus dependientes no tienen permiso de trabajar, si pueden acudir a la escuela o universidad.