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Ser migrante indocumentado en México NO es un delito: Segob

De acuerdo con la Segob, la falta de un permiso de tránsito, de permanencia o de trabajo tan solo es una falta administrativa.

Ser una migrante sin documentos en México no es un delito y está prohibido que una persona sea encarcelada, de acuerdo con la Secretaría de Gobernación (Segob) la falta de un permiso de tránsito, de permanencia o de trabajo tan solo es una falta administrativa.

Del mismo modo, el Comité de Derechos de los Trabajadores Migratorios de la ONU estableció que la migración irregular no se puede imponer una sanción penal.

Pero, ¿Conoces tus derechos de tránsito? si tu respuesta es no a continuación te decimos qué es lo que puede y no puede hacer la autoridad

¿Cualquier autoridad puede preguntar o investigar mi situación migratoria?

Únicamente las autoridades migratorias de cada país pueden investigar si los migrantes tienen algún permiso o documento, y en su caso detenerlos.

Sin embargo, pero deben en todo momento seguir los procedimientos legales y respetar los derechos humanos. (Artículo 16.3 de la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares).

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En México el Instituto Nacional de Migración (INM) es la autoridad competente para verificar los documentos y la situación migratoria de los extranjeros en el territorio nacional.

¿Qué derechos tengo si me detuvieron por ser migrante no documentado?

Si fuiste detenido por ser migrante no documentado, tienes derecho a:

  • Recibir apoyo del consulado o embajada de tu país. (Artículo 16.7 de Convención para la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y sus Familiares y artículo 69, Fracción IV de la Ley de Migración).
  • Contar con un abogado y mantener contacto constante con él. (Artículo 70 de la Ley de Migración).
  • Recibir asistencia gratuita de un intérprete o traductor si no hablas el idioma del país donde fui detenido. (Artículo 16.5 de la Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares y artículo 70 de la Ley de Migración).
  • Derecho la información sobre tus derechos y obligaciones; a saber el motivo de mi detención y el estado del proceso; a conocer las instancias ante las que puedo presentar alguna denuncia o queja.
  • Exigir una indemnización en caso de haber sufrido una detención arbitraria.

Para mayor información visita #MisDerechos: por una cultura de los derechos humanos.

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