Para México, en particular, el futuro es cada vez menos prometedor desde que Donald Trump asumió la presidencia de los Estados Unidos y no cesa en la intención de construir un muro y de obligar a las empresas estadounidenses a abandonar sus operaciones en nuestro país.
Ante este panorama, el gobierno mexicano ha tomado medidas para proteger la economía. Y una de ellas es la puesta en marcha de una ‘amnistía fiscal’.
¿Qué es? Se trata de un esquema que permite a los mexicanos que tienen ahorros o inversiones en el extranjero repatriarlos a casa sin pagar demasiados impuestos por ello.
Si has pensado regresar a México en tiempos de Trump, esto te interesa.
Pensemos que tienes un patrimonio invertido en EU de 50 mil dólares porque tienes un pequeño negocio en este país o porque es fruto del ahorro de 20 o 30 años de trabajo.
Si decidieras enviar ese monto a México -que equivale a 1 millón de pesos- la Secretaría de Hacienda te cobraría un impuesto equivalente al 35%, es decir, unos 17,500 dólares serían destinados al fisco para que tu transacción fuera legal y transparente.
Con la “amnistía fiscal” que está en marcha -y que estará en vigor hasta julio del 2017-, el impuesto que pagarías por repatriar esos fondos sería del 8%, es decir, cuatro veces menor que en tiempos habituales.
De regreso a nuestro ejemplo, pagarías un Impuesto sobre la Renta de 4,000 dólares (unos 80 mil pesos).
Requisitos para la ‘amnistía fiscal’
Esta tregua fiscal es, como se dijo, para personas y empresas interesadas en retornar capitales a México. Pero para gozar de este beneficio es necesario cumplir algunos requisitos:
- El nombre de quien envía los fondos desde el extranjero debe coincidir con el nombre del beneficiario. Probar que se trata de la misma persona es necesario para garantizar el seguimiento de los fondos y para asegurar que no es una práctica de lavado de dinero.
- El retorno de los recursos debe realizarse siempre a través de un banco o casa de bolsa (no intentes llevar el dinero en el equipaje, menos aún si supera los 10 mil dólares, porque es considerado un delito no notificarlo).
- Debe pagarse el impuesto del 8% en los 15 días naturales posteriores al retorno de los fondos provenientes de EEUU (o de otros países).
- Asegurar que los fondos estarán invertidos en México durante al menos dos años en: adquisición de equipo necesario por quien repatria los fondos para realizar su profesión u oficio; compra de terrenos o construcciones en México; financiamiento de proyectos de investigación y desarrollo; pago de adeudos de quien está enviando los fondos; pago de contribuciones o aprovechamientos al gobierno; pago de sueldos y salarios (si quien repatria los fondos contrata a alguien para el proyecto profesional que realizará al regresar a México).
El gobierno mexicano estima que este programa le permitirá que un retorno de capitales de unos 10 mil millones de dólares.
Esta decisión busca incentivar el desarrollo de pequeñas y medianas empresas (pymes), que generen empleos en México en los próximos dos o tres años.
Si te interesa tener más detalles, aquí puedes leer el decreto íntegro. Y si tienes dudas específicas escríbenos a Conexión Migrante y te las resolveremos.