¿Qué esperar si eres extranjero y te deportan a México?
El panorama que enfrentan los extranjeros deportados de Estados Unidos a México es bastante complejo, por lo que es vital saber qué hacer.

Desde que inició la segunda administración del presidente Donald Trump, el panorama de las expulsiones de migrantes ha cambiado drásticamente, pues bajo las nuevas políticas migratorias los migrantes deportados de Estados Unidos a México no se limitan únicamente a ciudadanos mexicanos.
Ante este escenario, la Coalición por los Derechos Humanos de los Inmigrantes en México (CHIRLA, por las siglas en inglés de Coalition for Humane Immigrant Rights) presentó una guía para orientar a los extranjeros enviados a México desde EE.UU.
¿Qué pueden esperar los deportados de Estados Unidos a México?
Si tú o un familiar enfrentan este escenario, en este artículo te explicamos qué esperar al momento del desembarco en territorio mexicano, qué esperar a tu llegada y cuáles son las alternativas legales disponibles para evitar la vulnerabilidad.
1. Llegada, traslado y detención inicial
Generalmente, los extranjeros son enviados a uno de los puertos de entrada terrestres a México, también conocidos como garitas, estos pueden ser:
- Tijuana, Baja California
- Mexicali, Baja California
- San Luis Río Colorado, Sonora
- Nogales, Sonora
- Ciudad Juárez (Puente Paso del Norte), Chihuahua
- Ojinaga, Chihuahua
- Piedras Negras, Coahuila
- Reynosa, Tamaulipas.
Una vez en México, el extranjero es entregado al Instituto Nacional de Migración (INM) y ahí, sin importar el punto de deportación por el que ingrese, la persona será trasladada en autobús hacia la zona sur de México, esto puede ser Tapachula, en Chiapas, o Villahermosa, En Tabasco.
Tras llegar a este destino, la persona permanecerá detenida en una estación migratoria entre 2 y 7 días. Desafortunadamente, durante este tiempo, el INM no proporciona orientación sobre alojamiento ni recursos disponibles.
2. Liberación y el “Oficio de Salida”
Después de ese periodo, es probable que el INM entregue un oficio de salida que le otorga 10 días para regularizar su situación migratoria o la opción de salir por la frontera más cercana.
A diferencia de la hoja de repatriación que reciben los mexicanos repatriados, el documento que entrega el INM no funciona como identificación oficial. Por lo tanto, no sirve para:
- Trabajar formalmente.
- Abrir cuentas bancarias.
- Realizar trámites.
- Viajar hacia el norte de México.
Además, el extranjero debe iniciar y realizar todos sus trámites migratorios por su propia cuenta, este punto es importante, pues si no cuenta con documentación que demuestre su identidad, dependerá de él conseguirla.
3. Condiciones de vida y riesgos al ser liberado
En este sentido, CHIRLA Méxicco explica que existe un alto riesgo de quedar en situación de calle y sin recursos económicos en una ciudad desconocida, ya sea Tapachula o Villahermosa.
Para acceder a un trabajo formal se requiere una identificación vigente, como el INE. El trabajo informal es una alternativa, pero suele implicar jornadas laborales largas y salarios muy bajos.
Por otro lado, los programas sociales del gobierno, como “México Te Abraza“, no aplican para personas extranjeras.
Si el extranjero no cuenta con un pasaporte, no podrá cobrar ni acceder a envíos de dinero que sus familiares le manden desde el exterior para subsistir.
Además, existen denuncias sobre personas en calles y parques que ofrecen falsamente tramitar la “residencia permanente” a cambio de dinero, esto es una estafa. Cabe destacar que no es obligatorio portar una identificación y no tenerla no es motivo de arresto.
Siempre existe la posibilidad de ser deportado desde México hacia el país de origen, dependiendo de diversos factores.
4. Opciones de regularización migratoria
El extranjero tiene principalmente las siguientes vías para regularizar su estancia:
- Razones humanitarias: Aplicable para víctimas de delitos, solicitantes de asilo/refugio o personas en situación de vulnerabilidad.
- Unidad familiar: Si se tiene un vínculo con una persona mexicana o residente legal (cónyuge, hijos, padres).
- Solicitud de Refugio (Comar): Se puede solicitar refugio por persecución o temor de volver al país de origen. Este trámite se debe iniciar dentro de los primeros 30 días tras ingresar a México (incluso se puede empezar desde la estación migratoria). No obstante, es un proceso lento y burocrático; la primera cita puede tardar semanas o meses, y la primera entrevista solo permite redactar una historia muy breve (10 líneas), la cual se puede ampliar hasta la segunda entrevista.
Finalmente, las opciones de repatriación dependen del país de origen de la persona y aunque la Organización Internacional para las Migraciones tiene un programa, se necesitan documentos vigentes para facilitar el proceso.

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