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Tarifa de asilo en Estados Unidos: Guía completa de costos y excepciones en 2026

Desde el 29 de mayo de 2026 el USCIS comenzó a cobrar una tarifa para los solicitantes de asilo en Estados Unidos.

Tarifa de asilo Estados Unidos

El proceso de asilo humanitario en los Estados Unidos ha sido históricamente uno de los pocos trámites migratorios exentos de cargas impositivas directas para el solicitante. Sin embargo, debido a las reformas estructurales de financiamiento implementadas por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) en abril de 2026, el panorama de los costos y las consecuencias de no pagar han generado gran confusión.

Si estás buscando información clara sobre la tarifa asilo Estados Unidos, ¿Cuánto cuesta realmente en 2026? ¿Quiénes deben pagar? y ¿Quiénes están exentos de pagar? En esta guía te lo explicamos todo lo que debes saber de la regla de final de USCIS publicada en abril sobre las tarifas por el asilo.

Tarifa de asilo Estados Unidos ¿Cuánto se cobra?

La tarifa anual de asilo es de 102 dólares.

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Esta solicitud se cobra si la solicitud de asilo ha estado pendiente por más de 1 año. En este caso, USCIS puede cobrarte la tarifa de asilo en cualquier momento. Si bien USCIS debe enviarte un aviso con 30 días para pagar, se recomienda a los solicitantes revisar en línea si deben pagar, esto aplica aunque hayan recibido un aviso para pagar.

Aunque el solicitante de asilo no paga por solicitar protección, el gobierno de EE.UU. implementó un ajuste para financiar el enorme retraso en el procesamiento de casos humanitarios.

De acuerdo con el Transactional Records Access Clearinghouse (TRAC), centro de investigación independiente y no partidista de la Universidad de Syracuse, hasta finales de abril de 2026, había 3 millones 267 mil 302 casos activos pendientes en los tribunales de inmigración de Estados Unidos y de todos estos casos 2 millones 322 mil 467 casos a la espera de una audiencia o una decisión de las cortes.

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Entonces ¿No tiene costo el formulario de asilo en Estados Unidos en 2026? ¿Cómo sé si debo pagar?

Respuesta rápida, el Formulario I-589 (Solicitud de Asilo y de Suspensión de Remoción) NO tiene un costo de presentación directo para el solicitante. Presentar tu caso de asilo ante USCIS sigue siendo gratis, pero hay un pero importante en el proceso de asilo.

De acuerdo con la nueva norma, USCIS debe enviar una notificación a las personas con 30 días de anticipación pagar la tarifa anual de asilo. Aunque este aviso llega a tu correo electrónico, puedes acceder a tu cuenta en línea de USCIS para saber si tienes un adeudo.

Esto último es importante, pues de acuerdo con el Proyecto de Apoyo para Solicitantes de Asilo (ASAP), algunas personas han reportado que nunca recibieron un aviso y solo se enteraron de que era tiempo de pagar al revisar en línea.

En este caso, te recomendamos visitar tu cuenta en línea de USCIS, ingresar tu A-number y revisar si tienes un adeudo con el número de tu recibo de solicitud de asilo o de tu aviso para pagar la tarifa anual. Si usted no sabes cuál es tu número de recibo de su solicitud de asilo, puede intentar llamar a USCIS al 800-375-5283 y decir “Infopass” para hablar con un agente y pedir tu número de recibo.

Si te toca pagar, puedes cubrir el costo de la tarifa con tu tarjeta de crédito, tarjeta de débito o cuenta bancaria estadounidense. Si no tienes tarjeta de crédito o débito, puede usar efectivo para comprar una tarjeta prepagada. Asegúrate de dejar suficiente dinero en la tarjeta para cubrir la tarifa.

Después de pagar deberás ver una pantalla con un “Agency Tracking ID” (número de seguimiento de la agencia). En este sentido, ASAP recomienda guardar este número o tomar una captura de pantalla de él. El “Agency Tracking ID” (número de seguimiento de la agencia) podría serte útil para demostrar que realizaste el pago y esta es la única vez en la que aparecerá en la pantalla. No volverá a aparecer una vez que hayas entregado su pago.

Después de pagar la tarifa anual de asilo, USCIS enviará un recibo de pago, ya sea en tu cuenta en línea de USCIS o por correo. Si no recibes un recibo de pago después de 2 meses, puede intentar llamar a USCIS al 800-375-5283 y decir “Infopass” para hablar con un agente.

¿Qué pasa si no se paga una tarifa obligatoria?

En los casos donde el trámite requiera un pago obligatorio (como las renovaciones del permiso de trabajo) y el solicitante no envíe el dinero exacto o no adjunte una solicitud de exención aprobada, las consecuencias son inmediatas:

  • Rechazo automático del paquete: USCIS no procesará la solicitud. Devolverá todo el expediente físico con una notificación de rechazo aclarando que el pago fue insuficiente o incorrecto.
  • Pérdida de estatus legal de empleo: Si tu permiso de trabajo vence mientras corriges el pago y reenvías el paquete, podrías quedar inhabilitado temporalmente para trabajar de forma legal en los Estados Unidos.
  • Retrasos severos: Perder tu turno de procesamiento en USCIS puede demorar tus autorizaciones de empleo por varios meses adicionales.

Costos y tarifas asociadas al proceso de asilo

1. El Permiso de Trabajo (Formulario I-765)

Los solicitantes de asilo pueden pedir una Autorización de Empleo (EAD) 180 días después de haber presentado su solicitud de asilo (reloj de asilo).

  • Primer permiso de trabajo: Es completamente gratuito para los solicitantes de asilo de la categoría (c)(8).
  • Renovaciones anuales o bienales: Las renovaciones del permiso de trabajo sí conllevan un costo. Tras las actualizaciones tarifarias aplicadas a finales de 2025 y vigentes en 2026, la tarifa estándar para renovar el permiso de trabajo por correo postal es de 470 dólares (u 420 dólares si se realiza el trámite en línea).

2. Servicios Biométricos

En la gran mayoría de los casos de asilo, la tarifa de servicios biométricos (toma de huellas dactilares y fotografía) de 30 dólares está exenta para el trámite inicial, pero es importante verificar si se requiere en procesos derivados.

Consideraciones finales para 2026

Si estás en medio de un proceso de asilo, recuerda que nadie debe cobrarte una tarifa por presentar el Formulario I-589 original. Desconfía de notarios o consultores que exijan pagos destinados supuestamente a tarifas de presentación de asilo de USCIS. Para trámites secundarios con costo, evalúa siempre con un abogado con licencia si calificas para un perdón de pago mediante el Formulario I-912.

Autor(a)

Soy reportero especializado en migración, desde trámites en México o Estados Unidos, procesos de documentación, impuestos, hasta asilo y derechos humanos. Te daré la información que necesitas para tu día a día. Ningún tema es muy pequeño para investigar.

Comentarios (2)
  1. Hola buenas tardes que programas está abierto para migrantes venezolanos gracias

    • Hola Ana!
      ¿Nos podrías compartir dónde te encuentras?
      Recuerda que si quieres una atención más personalizada puedes escribirnos a nuestro whatsapp al +52 5545605942 o llamarnos al +52 5552115814

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