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¿Puede un refugiado en México volver a su país? Sigue estos pasos antes de salir del país

refugiado en México volver a su país
Foto: Imagen de archivo de Depositphotos

Aunque el refugio lo solicitan las personas que corren riesgo en su lugar de origen, existen causas muy de fuerza mayor o extraordinarias que pueden hacer a un refugiado en México volver a su país. Ante estos escenarios, la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (Comar) tiene un protocolo para que los extranjeros en el país notifiquen a la institución antes de dejar al país.

Si bien lo anterior suena complejo, la realidad es que la Comar tiene en su sitio web los documentos que debes llenar y presentar antes de salir de México (da clic aquí), el formato es muy sencillo de llenar sólo tienes que proporcionar información personal y aclarar los motivos por los que pretendes salir del país.

En caso de dejar el país sin notificar a las autoridades, estarías en riesgo de perder dicha protección y México podría suspender la condición de refugiado. Además, el Instituto Nacional de Migración (INM) podría quitarte la Tarjeta de Visitante por Razones Humanitarias o la Residencia Permanente, y negarte la entrada al país a tu regreso, es por eso que es importante notificar a las autoridades mexicanas.

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¿Por qué es necesario notificar la salida a Comar?

Dado que el estatus de refugio y la protección complementaria se otorgan debido a situaciones de riesgo e inseguridad en el territorio de origen, cualquier traslado de regreso debe responder exclusivamente a causas de fuerza mayor o situaciones sumamente extraordinarias.

Presentar el aviso formal no exime a la Comar de la facultad de iniciar un proceso de revisión sobre la vigencia o reconocimiento de la condición de refugiado, debido a la naturaleza de la protección concedida.

Asimismo, las autoridades precisan que, de llevarse a cabo el viaje tras haber presentado la notificación, es requisito indispensable avisar nuevamente a la Comar al momento de retornar a territorio mexicano.

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Pasos a seguir antes de viajar fuera de México

De acuerdo con la guía informativa difundida para la población protegida, quienes requieran trasladarse deben cumplir con el siguiente procedimiento previo:

  1. Documentación de viaje: Las autoridades mexicanas y los espacios aeroportuarios requerirán la Tarjeta de Residencia Permanente y un pasaporte vigente. En caso de no contar con pasaporte, se debe acudir a la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) para tramitar el “Documento de Identidad de Viaje” (DIV). Adicionalmente, se recomienda verificar los requisitos de ingreso en las fuentes oficiales de los países de destino.
  2. Llenado del aviso formal: Descargar y completar el formato de aviso de salida disponible en el sitio oficial de la Comar, especificando claramente las fechas del viaje y las razones extraordinarias del traslado.
  3. Entrega y acuse: Entregar el formato debidamente completado en las oficinas de la Comar o, en su defecto, en alguna representación del Instituto Nacional de Migración (INM) si en la localidad no hay presencia de Comar. Se debe llevar una copia adicional para solicitar el sello correspondiente de recibido.

Para resolver dudas o recibir orientación gratuita sobre este procedimiento, la ciudadanía puede contactar a las líneas de atención del ACNUR a los números telefónicos 800 226 8769 y 800 283 2718, o vía WhatsApp a los números 55 2535 2950 y 55 7005 5950.

Autor(a)

Soy reportero especializado en migración, desde trámites en México o Estados Unidos, procesos de documentación, impuestos, hasta asilo y derechos humanos. Te daré la información que necesitas para tu día a día. Ningún tema es muy pequeño para investigar.

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