¡Paga tu DNR! Si eres extranjero o viajas con alguien que no tiene nacionalidad mexicana, deberás pagar el “Derecho de Visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas” (DNR).
El DNR es la contribución que deben pagar los extranjeros al ingresar a México bajo la condición de estancia: “Visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas”, cuyo motivo de viaje sea turismo, negocios u otros, por las vías de internación aérea, marítima y terrestre, siendo la cuota para el pago del Derecho durante el año 2025 de $861.00 pesos mexicanos, por persona, y se actualiza el 1° de enero de cada año.
¿Todos los extranjeros pagan DNR?
Las personas autorizadas bajo convenios de cooperación o intercambio educativo, cultural y científico; niñas y niños menores de 2 años; tripulación de aeronaves y embarcaciones y personas extranjeras diplomáticas o con visa oficial de servicios NO PAGARÁN DNR.
Además, no pagarás esta tarifa si tu estancia en México es menor a 7 días. En caso de exceder los 7 días, se cobrará el Derecho correspondiente, al salir del país.
No pagarán las personas que acrediten cualquier condición de estancia distinta a la de Visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas como lo son:
- Visitantes con permiso para realizar actividades remuneradas
- Trabajador Fronterizo
- Con fines de adopción
- Residente temporal o Permanente en México
Paga tu DNR, ¿Cómo y dónde?
Si eres extranjero y viajas por vía aérea en vuelo comercial, el costo del DNR se incluye directamente en el precio de tu boleto de avión, cobrado por la aerolínea.
Si viajas por vía terrestre, tendrás las siguientes opciones para realizar el pago:
- A través del portal del Instituto Nacional de Migración (INM):
Ingresa a la página oficial del INM, completa el formulario y paga la Forma Migratoria Múltiple (FMM) electrónicamente con tarjeta de débito o crédito. Una vez realizado el pago, asegúrate de imprimir tu recibo de pago y la FMM, que necesitarás para obtener el sello de validez. - En sucursales bancarias:
Dirígete a cualquier sucursal bancaria y realiza el pago utilizando la “Hoja de ayuda”, la cual podrás obtener en línea. Después, presenta el recibo bancario ante la autoridad migratoria. - Oficinas de Representación del INM:
Puedes hacerlo con tarjeta bancaria Visa o Mastercard, utilizando terminales PIN PAD en las 32 Oficinas de Representación del INM en todo el país, o realizar una transferencia bancaria. - En los módulos de BANJERCITO:
En estos módulos no necesitarás la “Hoja de ayuda”; solo presenta el recibo de pago bancario ante la autoridad migratoria.
Todos los pagos relacionados con tus trámites migratorios están regulados por la Ley Federal de Derechos y las normativas vigentes, por lo que es fundamental que sepas que el personal del INM no realiza cobros en efectivo.
Para más detalles, no dudes en comunicarte al Centro de Atención Migratoria llamando al 800 00 46264.
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