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Los patrones ya pueden solicitar trabajadores temporales con visa H-2B

Los patrones ya pueden solicitar trabajadores temporales con visa H-2B. | Foto: Imagen del Archivo de Depositphotos.
Debes saber que este tipo de visa de trabajo temporal no lo puedes solicitar tú, sino que la solicita el patrón.

A partir del 13 de abril de 2023, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) comenzará a aceptar peticiones para que los patrones pidan una visa de trabajo H-2B, es decir para trabajadores temporales.

A través de un comunicado USCIS informó que se abrió el periódo para las solicitudes de este tipo de visas.

Por lo que si quieres trabajar en Estados Unidos en cualquier actividad no relacionada con el campo y de forma temporal, podrás hacerlo desde el 15 de mayo de 2023 hasta el 30 de septiembre de 2023.

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Ya puedes solicitar las visas de trabajo H-2B para trabajadores que retornan

Debes saber que estas visas son limitadas, por lo que solo USCIS solo dará 10 mil visas de trabajo H-2B y están reservadas para los trabajadores que retornan y se les expidieron visas en 2020, 2021 y 2022, sin importar la nacionalidad.

Estas visas solo están disponibles para empresas estadounidenses que no tienen la capacidad de emplear a todos los trabajadores H-2B.

Sin embargo, USCIS continúa aceptando peticiones H-2B bajo la asignación de 20 mil visas reservadas para nacionales de:

  • El Salvador.
  • Guatemala.
  • Honduras.
  • Haití.
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¿Qué hago para pedir esta visa?

Para empezar, debes saber que este tipo de visa no lo puedes solicitar tú, sino que la solicita el patrón.

Una vez sabiendo esto, la empresa debe demostrar que:

  • No hay suficientes trabajadores estadounidenses capacitados.
  • Emplear trabajadores H-2B no afectará los sueldos y las condiciones de trabajo de los trabajadores estadounidenses empleados en tareas similares.
  • La necesidad de servicios o trabajo de los trabajadores prospectos es temporal, sin importar que las tareas descritas estén como permanentes.

El primer paso para hacer la solicitud es que el peticionario (el patrón) presente una solicitud de Certificación de Empleo Temporal para Mano de Obra Extranjera (DOL).

Después de obtener el DOL, el peticionario tendrá que presentar un Formulario I-129 ante USCIS.

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Por último, una vez que USCIS acepta el formulario, los trabajadores deberán:

  • Solicitar una visa de trabajo H-2B con el Departamento de Estado en una Embajada o Consulado estadounidense en su país.
  • Buscar la admisión a los Estados Unidos en la clasificación H-2B directamente con CBP en un puerto de entrada.

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