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Si soy católico ¿Me puedo casar con alguien de otra religión?

Foto: Depositphotos
Si eres católico y te quieres casar con alguien de otra religión debes tener en cuenta que hay requisitos muy específicos que debes cumplir

Aunque no todas las ramas de la Iglesia ven con buenos ojos que un católico se vaya a casar con alguien de otra religión, la realidad es que nada impide este tipo de uniones y cada vez son más comunes.

El nombre que a esta unión es matrimonio mixto. Sin embargo, los hijos deben ser adoctrinados en la fe católica y la voluntad de no abandonar esta religión.

¿Qué pasa cando un católico se quiere casar con alguien de otra religión?

De acuerdo con el Código de Derecho Canónico en los cánones 1124 al 1128, la Iglesia Católica regula la:

  • Preparación
  • Celebración y
  • El posterior acompañamiento de estos matrimonios

También se ofrecen orientaciones en el Directorio de Ecumenismo (números 143-160) para velar por la dignidad del matrimonio y la estabilidad de una familia cristiana.

Sin embargo, debemos entender que hay dos tipos de matrimonios mixtos:

  • Cuando las dos personas son cristianas y una fue bautizada en la Iglesia Católica y la otra está vinculada a una iglesia que no está en plena comunión con la Iglesia Católica.
  • Cuando una persona es católica y la otra de otra religión, en estos casos se requiere la licencia expresa de la autoridad competente, es decir, del obispo.
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Para otorgar la licencia de matrimonio mixto deben darse tres condiciones establecidas por el Código de Derecho Canónico en el numeral 1125.

  1. Que la parte católica declare que está dispuesta a evitar cualquier peligro de apartarse de la fe; también se debe prometer sinceramente que hará cuanto le sea posible para que toda la prole se bautice y se eduque en la Iglesia Católica.
  2. Que se informe en su momento al otro contrayente sobre las promesas que debe hacer la parte católica; de este modo debe constar que es verdaderamente consciente de la promesa y de la obligación de la parte católica.
  3. Ambas partes deben ser instruidas sobre los fines y propiedades esenciales del matrimonio y no pueden ser excluidos por ninguno de los dos.
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Con información de ACI Prensa

 

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