El Servicio de Impuestos Internos (IRS) anunció que las víctimas del huracán Ida podrán presentar sus declaraciones de impuestos hasta el 3 de enero de 2022. Esta medida se aplicará a todas las área designadas por la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA) como afectadas.
En un inicio, los contribuyentes tenían como fecha límite el 15 de octubre para presentar su declaración, pero ahora el IRS otorgará este alivio tributario a todas las personas damnificadas en el estado de Luisiana. Sin embargo, las localidades que aparezcan en la lista de FEMA recibirán la misma oportunidad de declarar sus impuestos hasta el año siguiente.
En cuanto a los complicados momentos que viven miles de estadounidenses, el comisionado del IRS, Chuck Rettig, dijo que la dependencia está lista para apoyar los ciudadanos.
“Queremos que las personas afectadas por este devastador huracán se concentren en su seguridad y recuperación” mencionó, Chuck Rettig.
¿Qué contribuyentes son elegibles para el alivio tributario?
Por otro lado, se les recuerda a las personas que la medida se aplicará a quienes tenían prórroga hasta el 15 de octubre de este año para presentar su declaración. Los contribuyentes con fecha límite del 17 de mayo de 2021 ya no son elegibles para el alivio tributario.
Recordemos que las víctimas de las tormentas de invierno de febrero en Texas, Oklahoma y Luisiana tenían hasta el 15 de junio de 2021 para presentar sus declaraciones de impuestos.
Los casos que sí pueden presentar su declaración tributaria hasta el 3 de enero de 2022 son:
- Pago de impuestos estimados trimestrales que vencen el 15 de septiembre de 2021.
- Declaraciones de impuestos sobre nómina e impuestos por uso y consumo trimestrales con vencimiento el 1 de noviembre de 2021.
- Organizaciones exentas de impuestos, que operan en año calendario con extensión hasta el 15 de noviembre de 2021.
- Empresas y corporaciones cuyas extensiones de 2020 vencían el 15 de octubre del 2021.
Además, los depósitos de impuestos sobre la nómina por uso y consumo, adeudados a partir del 26 de agosto y antes del 10 de septiembre, no serán severamente multados si realizan el depósito antes del 10 de septiembre.
Quienes tengan una dirección registrada dentro del portal del IRS y pertenezca al área de desastre, se les proporcionará automáticamente el alivio tributario. Por lo tanto, no necesitan comunicarse con la dependencia.
El caso será diferente si un contribuyente recibe una multa por pago tardío dentro del periodo de aplazamiento. De ser así, si deberá comunicarse con el Servicio de Impuestos Internos.
IRS también dará apoyo a los trabajadores que apoyan en medidas de rescate
Si tu calificas para recibir este apoyo pero vives fuera del área de desastre, comunícate al 866-562-5227. Esta es una lista de quienes están en estos casos y también son beneficiarios de esta medida:
- Trabajadores afiliados a una organización gubernamental o filantrópica que apoyan en las actividades de auxilio.
- Personas y empresas dentro del área de desastre que sufrieron pérdidas no aseguradas o no reembolsadas.
Por último, es importante que los contribuyentes escriban en su declaración el número FEMA-4611- para el huracán Ida en Luisiana.