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Autoridades migratorias no podrán detener a pasajeros de vuelos nacionales por búsqueda sospechosa; entérate cuál fue el acuerdo

CBP no podrá revisar documentos de pasajeros en vuelos nacionales sin su autorización
"Este acuerdo es un triunfo para los derechos de la Cuarta Enmienda de todos los viajeros en vuelos nacionales"

El Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) reconoció que no tienen autoridad para detener ni exigir documentos a pasajeros de vuelos nacionales.

A través de The Associated Press, se informó que autoridades de migración no podrán detener a pasajeros, sin una sospecha creíble o una orden judicial, luego de que tiempo atrás un incidente ocurrido en 2017.

En febrero de 2017, el vuelo 1583 de Delta Air Lines, llegaba de San Francisco al aeropuerto John F. Kennedy en Nueva York cuando autoridades de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza lo abordaron, ya que estaban en busca de un migrante con orden de deportación.

Aunque los agentes registraron a cada uno de los pasajeros a bordo a la hora de salir y a pesar de que muchos no estaban de acuerdo con lo que sucedía, se llevó a cabo esa acción, sin embargo, no encontraron a la persona que buscaban.

Los hechos ocurrieron, cuando el mandatario Donald Trump impuso restricciones de vuelo para ciudadanos de países en su mayoría musulmanes, ante ese panorama abogados se vieron en la necesidad de permanecer afuera de los aeropuertos y poder ofrecer servicios a migrantes detenidos.

Pasado lo ocurrido, algunos se dieron a la tarea de compartir en redes sociales fotos.


Por otro lado, La Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU) denunció los hechos ante una corte, por lo que el jueves 11 de julio de este año se anunció el gobierno estadounidense llegó a un acuerdo con los afectados.

“Como parte del acuerdo, CBP distribuirá una directiva de política a nivel nacional que aclara que la agencia no tiene una política o practica de verificar identificación de pasajeros en vuelos nacionales” dijo ACLU,y deberá respetar la Cuarta Enmienda de la Constitución.

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Ahora las autoridades deberán:

  • Dejar en claro a través de sus palabras y acciones que la participación en los controles de documentos es voluntaria.
  • Proporcionar un camino sin obstáculos para que los pasajeros salgan del avión.
  • Explicar, si se le pregunta, que los pasajeros que se niegan a participar no enfrentarán consecuencias de la aplicación de la ley como resultado
  • Solicitar que el personal de la aerolínea anuncie a través del sistema de megafonía del avión que la participación es voluntaria.

Cabe mencionar que a través de la Cuarta Enmienda se menciona que el gobierno no puede realizar cateos, ni revisiones de casas, documentos o personas sin una causa probable (una sospecha respaldada con evidencia) o una orden judicial.

En el caso del avión, los agentes no tenían permiso de un juez para exigir los documentos de todos los tripulantes. Y el hecho de que registraran a todos, cuando sólo buscaban a una persona, sugiere que no tenían sospechas razonables de quién podría haber sido este sujeto, que ni siquiera estaba allí.

A pesar de que la CBP tiene autoridad para impedir que las personas que llegan al extranjero determinen que son admisibles en los Estados Unidos, esa autoridad no aplica a personas que llegan en vuelos nacionales, solo podrán hacerlo con su consentimiento.

“Este acuerdo es un triunfo para los derechos de la Cuarta Enmienda de todos los viajeros en vuelos nacionales”, dijeron Hugh Handeyside y Anna Diakun, abogados del Proyecto de Seguridad Nacional de ACLU.

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