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Los 10 puntos que debes saber si ICE visita tu trabajo

Es importante que estés preparado para defenderte y hacer valer tus derechos en caso de que la migra realice una visita a tu trabajo
La migra puede ingresar a centros de trabajo si es un espacio abierto al público, como un restaurante, una tienda, un lavado de autos.

Paisano, en caso de que el Servicio de Inmigración y Aduanas (ICE) realice una visita a tu trabajo debes estar preparado y saber que la migra tiene un protocolo que debe seguir, pues en caso de que te detengan y no hayan seguido la ley puedes impugnar tu caso para permanecer en Estados Unidos.

Conexión Migrante

A pesar de que no se puede saber cuándo o dónde será la siguiente redada, tienes que estar enterado de los pasos a seguir.

¿ICE puede entrar a mi trabajo?

Es importante saber que la migra puede ingresar a centros de trabajo si es un espacio abierto al público, como un restaurante, una tienda, un lavado de autos.

Sin embargo, ICE no puede ingresar al espacio no público de tu lugar de trabajo a menos que tengan el consentimiento voluntario de su empleador o una orden judicial válida (en California la nueva ley estatal AB 450 prohíbe que los empleadores otorgar tal consentimiento a menos que los oficiales de ICE cuenten con una orden de cateo valida).

Si ICE ingresa sin una orden y el empleador no dio su consentimiento, esto podría ser impugnado más tarde en la corte.

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¿Qué hacer si “La Migra” llega a un centro de trabajo?

  • Si se siente cómodo, recuérdele a su empleador que puede negar el consentimiento de ICE para ingresar al lugar en ausencia de una orden judicial.
  • Trate de mantener la calma, no corra, y no se resista al arresto.
  • Diga en voz alta “NO ACEPTO UNA INSPECCIÓN”.
  • Si los agentes de ICE intentan buscar propiedades, bolsos o los bolsillos de alguien en el sitio de trabajo, esto podría ser impugnado más tarde en el tribunal.
  • No entregue voluntariamente a ICE ningún documento de identidad, especialmente no un pasaporte extranjero, ya que puede utilizarse contra una persona que no es estadounidense en los tribunales.
  • Documente exactamente lo que sucedió tan pronto como sea seguro hacerlo.
  • No proporcione información falsa a ICE: una persona puede enfrentar cargos penales o civiles por el uso de documentos falsos, como las tarjetas del seguro social.
  • Tal como lo harían en la calle, los trabajadores deberían poder preguntar: “¿PUEDO IRME?”. En caso que digan “SÍ”, váyasae con tranquilidad. Si dicen “NO”, pregunte: “¿ESTOY DETENIDO?” Si dicen “SÍ”, el trabajador debe decir: “QUIERO MANTENERME EN SILENCIO Y HABLAR CON UN ABOGADO”.
  • Los trabajadores no deben responder ninguna pregunta sobre su lugar de nacimiento, estado migratorio o inmigración o antecedentes penales.
  • Los trabajadores no deben firmar ningún documento que ICE solicite. PIDA HABLAR CON UN ABOGADO, SU ORGANIZACION COMUNITARIA o SU CONSULADO.

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