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¿Cómo recuperar el dinero de AFORE de una persona fallecida?

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Recuperar el dinero de AFORE de una persona fallecida es un proceso esencial para los beneficiarios, para así poder respetar y garantizar los deseos del difunto. En este artículo, te explicamos detalladamente cómo hacerlo y qué documentos necesitas presentar para llevar a cabo el proceso.

¿Cómo recuperar el dinero de AFORE de una persona fallecida?

Documentación para retirar el AFORE de una persona fallecida

Para iniciar el proceso, es necesario reunir ciertos documentos esenciales y seguir los pasos estipulados por la administradora de fondos para el retiro (Afore).

Tener derecho a una pensión a través del IMSS o Issste, o haber sido designado beneficiario por la Junta o Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje.

  1. Cualquiera de estos documentos que incluya el Número de Seguridad Social del titular de la cuenta: emitido por el IMSS, Infonavit o Afore.
  2. Identificación oficial, Acta de Nacimiento y CURP del titular de la cuenta.
  3. Certificado de Defunción.
  4. Comprobante de domicilio con una antigüedad no mayor a tres meses.
  5. Estado de Cuenta bancario a nombre del beneficiario con número de CLABE.
  6. Un Estado de Cuenta, consulta, resumen o certificación de saldos de la Afore.
  7. Formato de designación de beneficiarios (aplicable solo si el trabajador realizó Aportaciones Voluntarias a su Cuenta Afore).
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¿Quiénes pueden reclamar el AFORE de una persona fallecida?

Para recuperar el dinero de Afore de una persona fallecida, primero se debe identificar quiénes son los beneficiarios legales. Según el IMSS, estos pueden incluir:

  • La viuda o el viudo si dependían económicamente del trabajador.
  • Hijos menores de 16 años o mayores de 16 si no pueden mantenerse por su propio trabajo o están estudiando hasta los 25 años.
  • Padres, si vivían en el hogar del trabajador.
  • A falta del cónyuge, la concubina o el concubinario, si dependían económicamente del trabajador.

¿A dónde debo ir para retirar el AFORE de un familiar?

El beneficiario legal debe presentarse en la Subdelegación del IMSS o en las oficinas de Prestaciones Económicas del ISSSTE para abordar asuntos relacionados con la pensión. Por otro lado, los beneficiarios sustitutos deben realizar su trámite a través del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje. En ambos casos, es necesario completar el formato de Disposición de Recurso en la oficina correspondiente al fallecido.

¿Qué recursos se entregan de tu cuenta AFORE?

A) Si la pensión es por la Ley del Seguro Social 73:

  • Retiro 97 (recursos acumulados a partir del 1 de julio de 1997 a la fecha)
  • Vivienda 97 (recursos acumulados a partir del 1 de julio de 1997 a la fecha)
  • SAR 92 (recursos acumulados del 1 de mayo de 1992 al 1 de julio de 1997)
  • Vivienda 92 (recursos acumulados del 1 de mayo de 1992 al 1 de julio de 1997)

B) Si la pensión es por la Ley del Seguro Social 97:

  • SAR 92 (recursos acumulados del 1 de mayo de 1992 al 1 de julio de 1997)
  • Vivienda 92 (recursos acumulados del 1 de mayo de 1992 al 1 de julio de 1997)

Si es el caso de no tener derecho a una pensión se entregarán la totalidad de los recursos en una sola exhibición.

Si tienes más dudas sobre cómo recuperar el AFORE de una persona fallecida, puedes consultar mayor información aquí.



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