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Diputados mexicanos aprueban sanciones contra funcionarios que abusen de los migrantes

Los legisladores mexicanos aprobaron que, dependiendo del tamaño de la ofensa, los funcionarios sean inhabilitados hasta por 20 años

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Para brindar una mayor protección a los migrantes que transiten por México, la Cámara de Diputados aprobó este miércoles dos dictámenes de ley con los garantizan la defensa de los migrantes que enfrenten procesos administrativos y castigan a los servidores públicos que violen sus derechos humanos.

Con 439 votos, los diputados modificaron los artículos 109 y 140 la Ley de Migración para que los servidores públicos del Instituto Nacional de Migración (INM) no limiten derechos y evitar violaciones, así como aplicar multas más estrictas a los funcionarios.

A través de un comunicado, la Cámara Baja informó que todos los presentados tendrá plenos derechos desde su ingreso hasta la estación migratoria.

Respecto a las sanciones, la Ley General de Responsabilidades Administrativas clasifica a las faltas como no graves o graves, y para ambas prevé inhabilitación.

En cuanto a las faltas no graves establece la inhabilitación temporal para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público y participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras, la cual no será menor de tres meses ni podrá exceder de un año.

Sin embargo, en caso de cometer una falta la invalidación será de uno hasta 20 años, esto considerando el tamaño de la agresión. Cuando no se cause daños o perjuicios, ni exista beneficio o lucro alguno, se podrá imponer de tres meses a un año de inhabilitación.

En lo que respecta a la defensa de los migrantes, los legisladores modificaron los artículos 70 y 70 bis de la Ley de Migración

para que todo extranjero este sujeto a un proceso administrativo tenga el derecho a que se le notifique y contacte con su consulado siempre que así lo desee.

El documento menciona que el migrante también podrá tener uno o varios representantes legales y estar asistido por las personas que libremente designen para la protección de sus derechos humanos.

En caso de que el extranjero no indique a algún defensor, se le hará saber que tiene derecho a ser representado por uno; de no nombrarlo, el Estado se lo designará; además, podrá contar con ayuda médica y psicológica.

En el caso de personas solicitantes de asilo o protección internacional, sus derechos estarán sujetos a lo establecido en la misma ley y a los principios del derecho internacional.

A su vez, las personas que se encuentren en estaciones migratorias, tendrán las medidas necesarias para garantizarles el acceso efectivo a la representación legal.

La reforma también establece que el INM está obligado a avalar y permitir el acceso a la comunicación de los extranjeros con sus representantes legales.

A diferencia del anterior dictamen, que fue enviado al presidente, este se regresó al Senado (que hará los ajustes pertinentes.

“Es necesario que las personas cuenten con la protección de todo el marco legal aplicable en sus casos, atendiendo a la complementariedad de las normas y al principio pro persona garantizado en la Constitución”, comentó la diputada Julieta Vences de Morena.



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