29 de marzo de 2024
DOLAR: $16.53
Search
Close this search box.
29 de marzo de 2024 | Dolar:$16.53

Estas son las personas que no se verán afectadas por la regla de Carga Pública

Algunas personas deberán entregar su formulario I-944 para demostrar que no son Carga Pública. Foto: Especial.
La regla de Carga Pública entró en suspensión debido a la pandemia. Ahora, tras su reactivación, los migrantes deberán demostrar su "autosuficiencia". Con información de Univision.

El 11 de septiembre, la Corte de Apelaciones del Segundo Circuito decidió reactivar la regla de Carga Pública. Según el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS, por sus siglas en inglés), esta regla aplicará a todas las solicitudes de Green Card presentadas después del 24 de febrero de 2020.

Tras la suspensión de la regla el 29 de julio, los inmigrantes que solicitaban algún beneficio migratorio no tenían que adjuntar el formulario de autosuficiencia I-944.

Pero ahora, este formulario tendrá que presentarse de nuevo para solicitar un trámite en USCIS. Así que, quienes hayan enviado una solicitud a finales de julio o en estos últimos días, deberán enviar este formulario. De otra forma, su solicitud será rechazada.

Tal vez te interese:  ¿Cómo revisar si soy Carga Pública? calcula el riesgo de ser una

La única excepción a la norma, son las peticiones que fueron atendidas por USCIS después del fallo y antes del 18 de septiembre.

¿Quiénes quedan libres de la regla?

La reactivación de la regla de Carga Pública no afectará a quienes ya cuenten con su ciudadanía estadounidense.

Tampoco a quienes cuenten con asilo o refugio en EEUU, debido a que se consideran personas en situación de vulnerabilidad. De igual forma, los miembros de las Fuerzas Armadas y sus familias tampoco se verán afectados por esta regla.

USCIS anunció que también habrá algunas excepciones para usuarios de Medicaid que reciban beneficios públicos “bajo la Ley de Educación para Individuos con Discapacidades (IDEA) o en un entorno escolar”.

Cuida tu salud sin ser carga pública
Infografía: Mariana Rovira

La regla de Carga Pública tampoco afecta a los siguientes grupos:

  • Cubanos y haitianos que obtuvieron ajuste de estatus bajo el amparo de la Reforma de Inmigración de la Ley de Control de 1986.
  • Extranjeros que solicitan ajuste de estatus de conformidad con la Ley de Ajuste Cubano.
  • Nicaragüenses y otros centroamericanos que están ajustando su estatus de conformidad con la sección 202(a) Sección 203 de la Ley NACARA.
  • Haitianos que están ajustando su estatus de conformidad con la Sección 902 de la Ley de Refugiado Haitiano de 1998.
  • Inmigrantes amparados bajo el Programa de Jóvenes Especiales (SIJ).
  • Extranjeros que ingresaron a los Estados Unidos antes del 1 de enero de 1972 y que reúnen requisitos para obtener la residencia permanente.
  • Víctimas de tráfico humano que piden Visa T.
  • Víctimas de crímenes que piden la visa U.
  • Personas que sufren abuso doméstico y que solicitan amparo bajo la Ley VAWA.
  • Extranjeros que ajustan estatus bajo el amparo de la Ley de Autorización de la Defensa Nacional para el año fiscal 2004.

¿Qué programas se consideran Carga Pública?

USCIS considerará como Carga Pública a aquellos inmigrantes que usen alguno de estos programas:

  • Prestaciones económicas por mantenimiento de los ingresos
  • Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI)
  • Asistencia Temporal para Familias Necesitadas (TANF)
  • Asistencia de Nutrición Suplementaria Programa (SNAP)
  • La mayoría de las formas de Medicaid
  • Sección asistencia 8 viviendas en el Programa de Vales de Elección de vivienda
  • Sección 8 basado en un proyecto de Asistencia de Alquiler
  • Vivienda pública subvencionada.

Con información de Univision.

Notas relacionadas