15 de febrero de 2025

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Organizaciones continuarán lucha para poner fin a la impunidad del INM en aeropuertos

abusos del INM en aeropuertos
Los abusos del INM en aeropuertos son viejos, hay varios casos donde se les impide el acceso al país a personas con necesidades de protección.

Este 29 de enero la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tuvo la oportunidad de ponerle fin a los abusos del INM en aeropuertos, casos donde personal del Instituto ha negado el acceso a México a migrantes con necesidad de protección internacional. Desafortunadamente, la ministra Lenia Batres Guadarrama desechó el amparo interpuesto por organizaciones civiles, quienes aseguraron que continuarán esta batalla legal y ya están trabajando en otros recursos jurídicos y legales..

¿Qué dicen las organizaciones civiles sobre los abusos del INM en aeropuertos?

A través de un comunicado, organizaciones como el Instituto para las Mujeres en la Migración (Imumi) y la Clínica Jurídica Alaíde Foppa denunciaron las violaciones al debido proceso, a la devolución y a la privación de la libertad de una persona solicitante de asilo.

En específico, las organizaciones relataron el caso de Daniel (persona migrante a la que se le cambió el nombre por motivos de seguridad), un joven venezolano con necesidades de protección internacional que llegó a México en julio de 2018 a través del Aeropuerto Internacional Benito Juárez. Tras llegar a los módulos del Instituto Nacional de Migración (INM) expresó su necesidad de protección, pero fue detenido en la estancia migratoria del aeropuerto y regresado al país donde su vida corría peligro.

En este sentido, las organizaciones explicaron que Migración no siguió el proceso adecuado, pues no dieron aviso a la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (Comar).

Meses después, en octubre de 2018, Daniel intentó ingresar nuevamente a México, esta vez buscó asesoría y apoyo jurídico de la Clínica Jurídica Alaíde Foppa para Personas Refugiadas, y una vez más fue detenido en el filtro migratorio.

En este caso el INM ya había sido notificado por un juez y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) sobre las necesidades de protección de Daniel. Al no poder devolverlo, el INM decidió mantenerlo incomunicado y bajo constante intimidación en el aeropuerto por casi 4 días, hasta que un juez volvió a pronunciarse.

Los abusos del INM continuaron

Desafortunadamente, salir del aeropuerto no significó una mejora en su caso. Los agentes migratorios lo llevaron a la estación migratoria de la Ciudad de México donde fue privado de su libertad por casi un mes y hostigado constantemente para que aceptara la devolución a su país. Finalmente, el 12 de noviembre de ese año salió, comenzó su solicitud de asilo y un año más tarde fue reconocido como refugiado por la Comar.

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Organizaciones buscan justicia para Daniel

Aunque Daniel obtuvo el reconocimiento del refugio, la Clínica Jurídica Alaíde Foppa continuó con las acciones jurídicas para que Daniel obtenga acceso a la justicia debido al actuar arbitrario del INM y poder establecer lineamientos de trato para las personas extranjeras en aeropuertos, requiriendo especial cuidado para quienes huyen de sus países porque su vida e integridad corren peligro.

El 30 de marzo de 2023, la SCJN admitió conocer el amparo, el cual busca la reparación por la vía de la responsabilidad patrimonial del Estado.

En diciembre de 2024 este caso pasó a manos de la Ministra Lenia Batres. En menos de un mes, la Ministra alistó un proyecto en el que propone desechar el amparo argumentando que la SCJN cometió un error al admitirlo.

“Esta decisión que manda un mensaje de impunidad ante el maltrato a las personas extranjeras en aeropuertos y deja clara la inexistencia de vías para que las víctimas de violaciones a derechos acudan a una reparación judicial”.

“Este caso no es único ni excepcional, sino que refleja una situación recurrente por parte del INM en los aeropuertos”, destaca el comunicado.

Si bien la magistrada desechó el amparo, el Imumi detalló que continuarán con la batalla legal para que se brinden garantías a las personas solicitantes de asilo en áreas de tránsito internacional en México.

“El acceso a la justicia no puede ser selectivo, ni depender del estatus migratorio de las personas o su país de origen”, finalizan.