Luego de que una mujer migrante y su hija quedaron detenidas en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, la Comisión Nacional de Derechos humanos (CNDH) efectuó una serie de recomendaciones hacia el Instituto Nacional de Migración (INM) quienes fueron los que efectuaron el arresto a las féminas violando sus derechos humanos.
La detención de la mujer hondureña y su hija mexicana se realizó en junio del año 2022, durante un punto de revisión migratorio. A ambas las llevaron a las oficinas del INM y quedaron detenidas durante 35 días, de acuerdo con la CNDH el arresto violó los derechos humanos de estas personas, además no tuvieron asesoría jurídica, al debido proceso, a la legalidad, a la debida diligencia, a la libertad personal y al interés superior de la niñez.
La mujer denunció estos hechos cuando personal de la comisión acudió al Centro de Asistencia Social para Niñas, Niños Adolescentes y Familias Migrantes, del Sistema DIF-Chiapas.
Durante esa visita la víctima le hizo saber a la comisión que agentes migratorios la habían detenido junto con su hija menor de edad, argumentó que las autoridades migratorias no la escucharon a pesar de que su pequeña es originaria de México, ya que en ningún momento realizaron los trámites pertinentes para corroborar esta información.
El INM actuó de manera negligente
La CNDH pudo corroborar que el INM emitió información falsa para poder efectuar el arresto, pues en su informe detallaron que ambas eran de nacionalidad hondureña y que no aportaron las pruebas suficientes para comprobar su estancia regular en el país.
Lo que fue una violación, pues la víctima en conjunto con el DIF-Chiapas pudieron constatar la nacionalidad mexicana de la menor, adjuntando el acta de nacimiento, misma que otorgaron al INM, pero el instituto no presto atención y tardo 6 días en “resolver el caso”, faltando al plazo legal establecido y, en consecuencia, vulnerando sus derechos humanos.
Recomendaciones que emitió la CNDH al INM
Por esta situación la comisión realizo una serie de recomendaciones al instituto, las cuales son:
- Colaborar en el trámite de inscripción y reconocimiento de las dos personas agraviadas ante la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV).
- Se haga la correcta e inmediata reparación del daño considerando una medida de compensación adecuada en términos que establece la ley.
- El INM deberá colaborar ampliamente en la resolución y seguimiento de la denuncia administrativa que se presente en contra de 6 personas servidoras públicas señaladas como responsables por las acciones y omisiones comprobadas.
- El organismo dependiente de la Secretaría de Gobernación, deberá diseñar e impartir un curso de capacitación en materia de derechos humanos, enfocándose en los derechos fundamentales de las personas en situación de movilidad y en los derechos humanos a la seguridad jurídica.
- El INM tiene un plazo no mayor de 2 meses para emitir una circular en donde instruya a las personas servidoras públicas que laboran en la Oficina de Representación Local del INM en Tuxtla, para que las acciones de control, revisión, verificación migratoria, y las entrevistas a personas migrantes, se realicen con la debida exhaustividad y dejando constancia y elementos probatorios de sus actuaciones.