Si estás interesado en obtener la ciudadanía americana y tu padre o madre ya falleció debes saber que es posible. Sin embargo, cada caso es particular, tu situación determinará de qué forma la puedes obtener.
En el caso de tu papá o mamá haya sido ciudadano pero tú hayas nacido en otro país debes saber que al momento de tu nacimiento adquieres tu ciudadanía automáticamente. Sin importar en dónde naciste.
La obtención de la ciudadanía se da en tres formas:
- adquisición
- derivación
- naturalización
Si mi padre falleció ¿Cómo puedo pedir la ciudadanía?
Para obtener la ciudadanía debes cumplir lo siguiente:
- Debes ser hijo de un ciudadano por nacimiento o naturalización (también incluye a los padres adoptivos)
- Tu padre o madre tuvo que haber vivido de cinco a diez años en Estados Unidos
- Tú cómo hijo tuviste que haber nacido después de 1986
Si tu papá inició el proceso de tu ciudadanía, la petición fue aprobada pero falleció antes de que concluyera el trámite debes saber que el proceso queda cancelado.
Sin embargo, es posible retomarlo únicamente si te encuentras en este caso.
Lo que debes hacer es presentar una solicitud de restitución de una petición de VISA por razones humanitarias.
Para ser elegible la petición debió ser aprobada, no es posible solicitar la restitución si esta aún estaba en trámite.
Además, solo puedes hacer esta solicitud si eres el beneficiario principal de un Formulario I-130, si eres un beneficiario derivado no puedes aplicar.
Aquí puedes encontrar más información.
¿A dónde acudo para hacer mi solicitud de restitución?
Para solicitar esta restitución debes hacer una petición por escrito a la oficina de USCIS que aprobó la petición originalmente.
Como mencionamos al principio, cada caso es particular y es recomendable que consultes a un abogado especialista en el tema de ciudadanía, él te orientará en este proceso para acceder a tu ciudadanía según sea el caso.
O bien, consulta a tu consulado más cercano para resolver tus dudas.