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Quedarse callados ante una orden de deportación injusta dejará a migrantes fuera de USA

Foto: Reuters / Voz de América
Existen tres condiciones para que un migrante pueda acudir a la corte e impugnar una orden deportación en su contra | Con información de Los Angeles Times y Univisión

No importa si el motivo de la deportación es injusta o incorrecta, la Suprema Corte decidió que todo migrante que haya sido expulsado del país sin haber apelado a la orden de deportación pierde sus derechos para quedarse en Estados Unidos.

Con una votación 9-0, la Suprema Corte determinó que los migrantes con una orden de deportación injusta deben agotar todos recursos legales inmediatamente. En caso de no haberlo hecho, las autoridades no podrán dar un alivio o revisar el caso una vez se haya hecho válida la sentencia.

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Existen tres condiciones para que un migrante pueda acudir a la corte e impugnar una deportación anterior:

  • Demostrar que buscaron los remedios administrativos en el momento y se les negaron
  • Que buscaron una revisión judicial
  • Que la orden de deportación o las decisiones fueron fundamentalmente injustas

¿A qué se debe el fallo de la Suprema Corte respecto a las deportaciones?

La decisión del máximo tribunal de Estados Unidos fue la resolución del caso U.S. vs Palomar-Santiago, en el cual un residente permanente fue deportado por un delito que no era motivo de deportación.

Refugio Palomar-Santiago es un mexicano de 62 años, casado y con dos hijos que obtuvo la residencia permanente en 1990. A pesar de esto, el mexicano fue declarado culpable por DUI (conducir bajo la influencia del alcohol) en 1991.

Esta acción llevó a su deportación en 1998. En algún momento regresó a EEUU y vivió sin autorización hasta 2017, cuando fue detenido. Tras su captura, Palomar-Santiago fue procesado por reingreso ilegal.

Palomar-Santiago se defendió diciendo que una enmienda del Congreso en 1996 decía que los migrantes pueden impugnar una orden de deportación si es “fundamentalmente injusta”. Alegó que su deportación fue injusta porque la Corte Suprema dictaminó tiempo después que no era un “delito agravado” que justificara la deportación. Si su orden de deportación original no era válida, dijo que no podía ser acusado de entrada ilegal.

Ganó ante un juez federal y el Tribunal del Noveno Circuito, que acordó que había sido deportado injustamente con base en la condena por DUI.

Sin embargo, la Suprema Corte anuló este fallo y dijo que los jueces federales por lo general no están autorizados para atender tales quejas.

Finalmente, la jueza Sonia Sotomayor dijo que los migrantes “deben demostrar que primero lo intentaron y se les negaron todos los “recursos administrativos”, y luego se les privó de una “oportunidad de revisión judicial” por parte de una junta de apelaciones de inmigración.

Si no siguen este procedimiento no podrán anular la orden de deportación y menos volver a EEUU.

¿Qué pasa con las deportaciones y los DUI?

La ley federal exige la deportación de no ciudadanos que sean condenados por una “felonía agravada”, que en estos casos es un “delito de violencia”. Sin embargo, en 2004, el tribunal superior dictaminó que conducir bajo los efectos del alcohol no es un delito de violencia, porque implica negligencia en lugar de la intención de hacer daño.

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