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ICE no podrá retener a niños migrantes en centros de detención, según tribunal de EEUU

ICE no podrá retener a niños en centros de detención, según tribunal de EEUU
Una corte federal de apelaciones ratificó que los niños migrantes no pueden permanecer en los centros de detención de ICE. | Con información de EFE.

El Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) ya no podrá retener a los niños migrantes que llegan a Estados Unidos sin la compañía de un adulto en centros de detención. La corte de apelaciones de California opinó que se está incumpliendo en el acuerdo judicial que reguló este tema.

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La juez Marsha Berzon de la Corte de Apelaciones del Noveno Circuito consideró que la mayoría de las regulaciones federales sobre menores migrantes siguen los lineamientos del Acuerdo Flores (FSA).

En 1997, el FSA puso fin a una demanda colectiva en nombre de los niños que llegan a Estados Unidos sin un permiso legal y sin un acompañante. La queja se presentó en contra el gobierno federal.

Asimismo, la Corte de Apelaciones “afirmó en parte y revirtió en parte” la orden de una corte de distrito.

“La negación de la corte (de distrito) a la moción del gobierno para terminar el Acuerdo”, según el sumario de la opinión publicado por el órgano judicial.

“Definitivamente es una gran victoria pues esta decisión no permite que el gobierno mantenga a los menores detenidos indefinidamente”, declaró la abogada Holly Cooper, codirectora de la Clínica Legal de Inmigración de la Universidad de California en Davis. Además, hace parte del equipo legal que ha defendido el Acuerdo Flores.

Más sobre ICE y la detención de niños migrantes en sus centros

La Corte de Apelaciones analizó dos paquetes de regulaciones para implementar el Acuerdo Flores emitidos en 2019 por el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) y el Departamento de Salud y Servicios Humanos (HHS). También conocidos como “Regla final”.

En su pronunciamiento, la Corte consideró que las regulaciones son “consistentes en general con el Acuerdo y pueden tener efecto con dos excepciones”, según el texto publicado el martes, al que EFE tuvo acceso.

La primera de las excepciones hace referencia a que ningún menos puede enviarse a una instalación de seguridad por la Oficina de Reasentamiento de Refugiados (ORR).

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La segunda medida rechazada por la Corte establecía que los niños en centros de detención tendrían una audiencia solamente en caso de requerirla.

Por lo que la Corte indicó que el Acuerdo Flores establece el derecho a una audiencia sin condiciones. Aunque el menor migrantes la puede rechazar.

Con información de EFE.

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