El asilo es un amparo que se concede a las personas víctimas de persecución por razones de raza, religión, nacionalidad, y/o pertenecer a un grupo social.
El asilo es un amparo que se concede a las personas que han sufrido persecución o que temen que se les persiga por razones de raza, religión, nacionalidad, y/o por pertenecer a un cierto grupo social u opinión política en sus países de origen.
Cada año llegan miles de personas a Estados Unidos para recibir asilo, sin embargo, el proceso es muy complejo y difícil de ganar en las cortes de migración, especialmente si no tienes bases legales o pruebas contundentes para demostrar ser víctima de persecución en tu país de origen.
Lamentablemente, los criterios que la Oficina de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) toma en cuenta para otorgar este beneficio NO contemplan pobreza o falta de oportunidades en tu país de origen, debido a que estos problemas existen en todo el mundo.
Existen dos procesos para obtener asilo en EU, los cuales son:
Para obtener asilo a través de este proceso es necesario estar presente en EU.
Deberás solicitar estatus independientemente de la forma en que la que llegaste a la Unión Americana o de tu estatus de inmigración actual.
Es indispensable pedir asilo dentro antes de haber cumplido un año en EU.
La única excepción es que demuestres algún motivo por el cual cambió tu elegibilidad de asilo o alguna circunstancia extraordinaria relacionada con demoras en la presentación de la solicitud.
Puedes solicitar este beneficio presentando ante USCIS el Formulario I-589, Solicitud de Asilo y de Suspensión de Remoción.
Puedes incluir en tu solicitud a tu cónyuge e hijos que se encuentran en EU al momento de presentarla o en cualquier momento antes de que se tome una decisión final sobre tu caso.
Para incluir a un hijo en la solicitud éste debe ser menor de 21 años y soltero. Para más información, vea la página del Formulario I-589, Solicitud de Asilo y de Suspensión de Remoción.
Pedir asilo de esta forma no tiene ningún costo.
Si tu caso no es aprobado y eres un inmigrante indocumentado, USCIS emitirá un Formulario I-862, Notificación de Comparecencia y enviará tu caso a un Juez de Inmigración en la Oficina Ejecutiva para la Revisión de Casos de Inmigración (EOIR).
El Juez de Inmigración conducirá una nueva vista y emitirá una decisión que es independiente de la decisión de USCIS.
Si UCIS carece de jurisdicción sobre tu caso, la Oficina de Asilo emitirá un Formulario I-863, Notificación de Referido a un Juez de Inmigración, para una vista sólo de asilo.
Raramente los solicitantes de Asilo Afirmativo son detenidos por el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE).
Podrá residir en EU mientras tu solicitud está en trámite. Si eres encontrado inelegible, puedes permanecer en Estados Unidos mientras tu solicitud está en trámite ante el Juez de Inmigración.
La mayoría de los solicitantes de asilo no están autorizados a trabajar en los Estados Unidos.
Una solicitud de Defensa de Asilo ocurre cuando solicitas asilo como defensa en contra de tu remoción de los Estados Unidos.
Para que un procesamiento de asilo sea defensivo, debes estar en proceso de remoción en la EOIR.
Usualmente, las personas son colocadas en procesos de asilo defensivo en una de las siguientes dos formas:
Los Jueces de Inmigración ven los casos de asilo defensivo en procedimientos de confrontación (similares a una vista judicial). El juez oirá los argumentos de las siguientes partes:
ASILO AFIRMATIVO:
ASILO DEFENSIVO:
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