Puedes apostillar el acta de nacimiento americana de tus hijos tanto dentro como fuera de Estados Unidos. El costo dependerá del estado donde nació.
Si tus hijos nacieron en Estados Unidos y les quieres tramitar la doble nacionalidad en México debes apostillar su acta de nacimiento americana. Esto la hará válida y le dará efectividad legal para realizar tu solicitud.
Apostillar un documento consiste en certificar que la firma y el sello que contiene fueron puestos por una autoridad en uso de sus facultades. Puedes hacer este proceso antes de salir de Estados Unidos o también en México. Sólo necesitarás el acta de nacimiento original y el costo depende del estado de donde sea el documento.
En Estados Unidos, la apostilla se realiza directamente en las Oficinas del Secretario de Estado (Secretary of State)Autoridades Apostillantes en los Estados Unidos de América. . Hay una oficina en cada uno de los estados de la Unión Americana. Puedes consultar su dirección y teléfono aquí:
Recuerda que la apostilla debe realizarse donde se emitió el acta de nacimiento. Si tu hijo nació en Los Ángeles, la apostilla se tiene que tramitar en el estado de California. Si nació en Dallas, la apostilla se debe realizar en el estado de Texas.
Para realizar la apostilla desde México, el interesado puede elegir entre las siguientes dos opciones:
Como este trámite no es personal, lo puede realizar cualquier persona de tu confianza y tiene que hacerlo ante la Oficina de la Secretaría de Estado (Secretary of State) de la Entidad Federativa correspondiente. Sólo necesita presentar el documento original y el pago para este servicio.
1. Hacer solicitud al domicilio de la Oficina de la Secretaría de Estado (Secretary of State) de la Entidad Federativa correspondiente. Para ello deberás:
2. Enviar esta orden y los siguientes documentos para la apostilla en un sobre dirigido a la Office of the Secretary of State:
3.- Una vez que se cuente con el documento apostillado, para su trámite en México se deberá traducir al español por un perito traductor autorizado por el Tribunal Superior de Justicia del Estado que corresponda.
Los documentos públicos mexicanos que vayan a utilizarse en Estados Unidos deberán apostillarse en la oficina que corresponda atendiendo a los siguientes criterios:
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