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Guía para el traslado de restos o cenizas de mexicanos que fallecen en el extranjero

Repatriación de restos humanos
La Guía es de particular utilidad en el contexto de la actual pandemia mundial por Covid-19

La Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) dio a conocer la Guía para el Traslado de Restos o Cenizas de personas mexicanas que fallecen en el extranjero para su disposición final en México, la cual será de particular utilidad en el contexto de la actual pandemia mundial por Covid-19.

Esta guía presenta los procesos para acceder a la asistencia consular que el Gobierno de México pone a disposición de todos los mexicanos que se encuentran en el exterior.

Link para acceder a la guía: https://bit.ly/3bKdzNR

Con respecto a fallecimientos ocasionados por Covid-19 es posible que las autoridades locales dispongan medidas especiales para el manejo y liberación del cuerpo.

El Gobierno de México, mediante la Secretaría de Salud, señalaron que la disposición final del cadáver debe ser preferiblemente mediante cremación.

Esto debido a que las cenizas representan un menor riesgo en términos sanitarios y también un costo financiero menor.

De igual manera, es recomendable que los familiares o la funeraria que trasladará el cuerpo o cenizas desde el extranjero verifiquen que:

  • La funeraria que dispondrá de los restos en México cuenta con las medidas sanitarias para su debido manejo.
  • En caso de ser transportado por vía aérea, que la aerolínea permita el traslado de restos o cenizas de personas fallecidas por Covid-19.
  • El gobierno de la entidad federativa en México a donde se pretenda trasladar los restos permita la inhumación del cuerpo. Algunos gobiernos estatales han dispuesto que únicamente recibirán cenizas.
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Se entregaran apoyos a las empresas prestadoras de servicios para el traslado de restos o cenizas

En caso de requerir apoyo económico, se debe comprobar la imposibilidad financiera de los familiares de la persona fallecida para cubrir los gastos de traslado.

De proceder, los recursos que aporte el Gobierno de México a través de sus representaciones en el exterior serán para cubrir únicamente:

  • Servicios básicos de traslado, y
  • Embalsamamiento o cremación.

Las embajadas y consulados no cubren gastos de ceremonias ni servicios adicionales o suntuosos. Los apoyos únicamente se entregan a las empresas prestadoras de servicios.

Sin embargo, en caso de que la familia opte por la inhumación en México, la funeraria en el país donde ocurrió el deceso debe cumplir con los lineamientos de manejo general y masivo de cadáveres por Covid-19 en México.

En caso de requerir apoyo económico para el traslado de los restos o cenizas, se debe comprobar la imposibilidad financiera de los familiares de la persona fallecida.

De proceder, los recursos que aporte el Gobierno de México, mediante sus representaciones en el exterior, serán para cubrir únicamente los servicios básicos de traslado y el embalsamamiento o cremación.

Los apoyos se entregan a las empresas prestadoras de servicios.

Si los familiares de la persona fallecida no se encuentran en el lugar del deceso, es necesario dirigir un correo a la dirección: [email protected]

Esto para garantizar una adecuada atención antes de entrar en contacto con las oficinas de la Secretaría de Relaciones Exteriores en territorio nacional para solicitar orientación sobre los trámites.

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