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¿Qué es un patrocinador, copatrocinador y patrocinador sustituto de migrantes?

¿Qué es un patrocinador, copatrocinador y patrocinador sustituto de migrantes y qué necesito para ser uno?
El patrocinador es un ciudadano o residente permanente que solicita papeles para un familiar, para que éste obtenga la tarjeta de residencia también conocida como Green Card

Cuando un migrante busca obtener la residencia permanente necesita de un patrocinador, básicamente esta persona se encarga de garantizar a los oficiales de inmigración que la persona beneficiada no necesitará de los programas de asistencia de los Estados Unidos.

Sólo los residentes y ciudadanos pueden patrocinar financieramente a un migrante, para ello tienen que firmar la Forma I-864, Declaración Jurada de Patrocinio, donde éste acepta la responsabilidad financiera del migrante.

Tipos de patrocinio:

El patrocinador es un ciudadano o residente permanente que solicita papeles para un familiar, para que éste obtenga la tarjeta de residencia también conocida como Green Card.

La ley permite al patrocinador buscar copatrocinadores o un patrocinador sustituto cuando no ingresa la cantidad mínima exigida, ni tiene patrimonio suficiente.

Cabe mencionar que los patrocinadores adquieren ciertas responsabilidades que deben cumplir por cierto tiempo.

Un patrocinador tiene la obligación de firmar un documento conocido como, Affidavid of support o Declaración de mantenimiento.

Este es un documento imprescindible, ya que, si no se firma, no puede seguir adelante el trámite, puede decirse que es un contrato entre el patrocinador, el migrante y el gobierno.

Por lo tanto, cualquier acuerdo privado entre el patrocinador y el inmigrante patrocinado a este respecto es nulo, pues el patrocinador siempre responde ante el gobierno por los gastos públicos que el migrante cause por utilizar algún beneficio de los considerados como means-tested.

¿Qué es un copatrocinador?

En los casos en los que el ciudadano americano o un residente quiere pedir los papeles para un familiar, pero no tiene ingresos y/o patrimonio suficiente para el affidavit of support es posible tener copatrocinadores.

La ley permite 2 supuestos:

  • Otro miembro de la familia que reside habitualmente en el mismo hogar que el ciudadano o residente que solicita los papeles
  • Otra persona que no tiene que ser pariente

Estos son los casos que se conocen como joint-sponsor, por su nombre en inglés.

En el caso de que se patrocine a un inmigrante que emigra acompañado por su familia, puede haber 2 joint-sponsor.

En todo caso, cada uno por separado debe ingresar o tener patrimonio suficiente para patrocinar.

En los casos en los que se utiliza un joint-sponsor, el patrocinador, es decir, el que pide los papeles para su familiar, debe también firmar su propio documento de affidavit of support. Y tanto el patrocinador como el joint-sponsor son responsables económicamente del migrante pedido.

¿Qué es un patrocinador sustituto?

Cuando un ciudadano o un residente solicita los papeles para un familiar y después fallece, el proceso puede continuar si se dan 3 requisitos:

  1. El documento de petición que se conoce como I-130 se aprobó antes del fallecimiento
  2. El Servicio de Inmigración y Ciudadanía (USCIS) admite que continué la tramitación
  3. Otra persona se compromete a responder económicamente por el inmigrante y firma el affidavit of support. Esta persona sería el patrocinador sustituto.

Sin embargo, no cualquier persona puede ser patrocinador sustituto, sino que la ley pide que entre éste y el migrante se dé alguna de las siguientes relaciones:

  • Cónyuge
  • Padre
  • Madre
  • Suegro
  • Suegra
  • Hermano/a
  • Hijo/a
  • Yerno
  • Nuera
  • Cuñado/a
  • Abuelo/a o guardián legal del inmigrante

Requisitos para ser patrocinador, copatrocinador o patrocinador sustituto

  • Ser mayor de 18 años
  • Ser ciudadano o residente en los Estados Unidos o uno de sus territorios, como por ejemplo Puerto Rico.
  • Si el ciudadano no se encuentra en esos momentos en Estados Unidos, deberá probar que su estadía en otro país es temporal y que conserva el domicilio en el país.
  • Los ingresos deben producirse en Estados Unidos y se deberán probar mediante la presentación de las planillas tax returns.

Debes saber que…

Sí el migrante nombrado en una declaración jurada de manutención llega a recibir algún beneficio público, sus patrocinadores deberán devolver el monto total recibido.

“Usted como patrocinador será responsable de reembolsar a la agencia que proporciona el beneficio”.

“Si no reembolsa a la agencia que otorgó la asistencia, la agencia puede obtener una orden judicial de reembolso”, advierte la nueva regla de Donald Trump.

Los patrocinadores deberán reembolsar al gobierno si los migrantes patrocinados usan fondos públicos.

La ley señala que el patrocinador debe ser responsable durante 10 años, o hasta que el extranjero se convierta en ciudadano, de los gastos que este incurra por uso de ciertos beneficios públicos

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De acuerdo con la contadora Lorena Cortés los cambios anunciados por Donald Trump en realidad no son nuevos, estas modificaciones sólo plantean hacer cumplir lo que está escrito en la ley y que los patrocinadores reembolsen todo el gasto de los beneficios que obtengan los solicitantes.

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