27 de marzo de 2024
DOLAR: $16.64
Search
Close this search box.
27 de marzo de 2024 | Dolar:$16.64

¿Cómo tramito mi pasaporte si tengo un acta de nacimiento extemporánea?

¿Cómo tramito mi pasaporte si tengo un acta de nacimiento extemporánea?
Básicamente, cualquier persona registrada después del tercer año de vida es extemporánea; aunque los requisitos puedan parecer imposibles hay otras opciones

Tramitar un pasaporte mexicano con acta de nacimiento extemporánea puede ser muy complicado, todo por haber sido registrado después del tercer año de vida.

El pasaporte es el documento de viaje expedido a los mexicanos por la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) para acreditar su nacionalidad e identidad y solicitar a las autoridades libre paso, ayuda y protección.

¿Qué necesito hacer para tramitar un pasaporte si tengo un acta de nacimiento extemporánea?

Básicamente, si quieres salir o entrar del país necesitarás un pasaporte y en el caso de las personas con un acta de nacimiento extemporanea deberán presentar los siguientes documentos:

  1. Copia certificada del acta de matrimonio de los padres expedida por la oficina del registro civil mexicano; si éstos contrajeron matrimonio en territorio nacional antes del nacimiento del solicitante.
  2. Copia certificada del acta de nacimiento de un hermano(a) mayor, expedida por la oficina de registro civil mexicano; siempre y cuando éste(a) haya nacido en territorio nacional y haya sido registrado dentro de los tres años posteriores al nacimiento.
  3. Una copia certificada del acta de nacimiento del padre o madre mexicano, expedida por la oficina del registro civil mexicano; siempre y cuando hayan sido registrados dentro de los tres años posteriores al nacimiento.
  4. Certificado de Educación Primaria expedido por la Secretaría de Educación Pública; siempre y cuando haya sido concluida antes de que el solicitante tuviera 14 años.
  5. Fe de Bautismo si la persona fue bautizada dentro del primer año de su nacimiento.

Sin embargo, estos requisitos son difíciles de cumplir para la mayoría de las personas extemporáneas.

Tal vez te interese:  Esto es lo que necesitas para tramitar tu pasaporte mexicano en Estados Unidos

¿Qué pasa si no cumplo los requisitos?

No te preocupes, tienes más opciones para tramitar tu pasaporte. De acuerdo con el Artículo 14, párrafo 2 y 4, del Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad y Viaje:

“A falta de los documentos probatorios mencionados en los incisos anteriores, se podrá acreditar la nacionalidad mediante cualquier elemento que, de conformidad con la Ley de Nacionalidad, lleve a la Secretaría a la convicción de que se cumplieron los supuestos de atribución de la nacionalidad mexicana”.

“En el extranjero, el interesado podrá presentar aquellos otros documentos que la práctica consular permita”.

En el caso de los menores extemporáneos, el Artículo 18, numeral 4, inciso H, establece que:

“Cualquier otro medio de prueba que a juicio de la Secretaría u oficina consular acredite la identidad de los solicitantes, mismos que serán reguladas en disposiciones administrativas con fundamento en el artículo 1 del presente Reglamento”.

Esto quiere decir que, una persona extemporánea puede presentar uno o varios documentos oficiales para demostrar la nacionalidad mexicana.

Necesito tramitar un pasaporte ¿Cómo sé si tengo o no un acta de nacimiento extemporánea?

Existen algunos casos donde las personas no son extemporáneas:

  • Actas expedidas en oficinas consulares, sin importar la fecha de registro.
  • Las actas de nacimiento extranjeras que se inscriban en las oficinas del Registro Civil en territorio nacional.
  • Las actas de nacimiento que se expidan a partir de una reasignación para la concordancia sexo-genérica o identidad de género, una vez que la Secretaría de Relaciones Exteriores haya sido notificada por la autoridad competente.
  • En aquellos casos en que del análisis de la documentación o información presentada, o del resultado de la entrevista realizada a los solicitantes, se observen inconsistencias o irregularidades, el Consulado verificará la autenticidad de los documentos recibidos ante la autoridad emisora de éstas. Además, podrá requerir al solicitante pruebas adicionales que demuestren fehacientemente su nacionalidad, identidad y filiación.

Notas relacionadas