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¿Cómo obtengo la nacionalidad mexicana por matrimonio?

Foto: Pixabay
Además de haber vivido por al menos dos años en México, para obtener la nacionalidad mexicana por matrimonio el esposo (a) deberá hablar español y pasar un examen

Para obtener la nacionalidad mexicana no basta con estar casado con un mexicano, para obtener la nacionalidad por matrimonio debes de haber vivido en México y cubrir otros requisitos, no te preocupes, a continuación te explicamos los pasos a seguir.

Requisitos para obtener la nacionalidad por matrimonio

1.- Ser mayor de edad y en uso de sus derechos civiles;

2.- Presentar original y copia de la solicitud DNN-3, deberás llenarla a máquina o a mano con tinta negra y letra legible;

3.- Llevar el original y dos fotocopias de la tarjeta expedida por la Secretaría de Gobernación que acredite la condición de estancia de residente temporal o residente permanente; al momento de hacer la solicitud tendrás que haber vivido dos años en México y la tarjeta deberá tener una vigencia mínima de seis meses.

4.- Una copia certificada y dos fotocopias del acta de nacimiento extranjera, esta deberá estar legalizada por el representante diplomático o consular mexicano del lugar de su expedición o  apostillada por la autoridad competente, así como traducida al español por perito traductor autorizado por el Poder Judicial de cualquier entidad federativa del territorio nacional.

Todos los migrantes reconocidos como refugiados por la Secretaría de Gobernación (COMAR) están exentos del requisito.

5.- Presentar original y dos fotocopias del pasaporte extranjero o, en su caso, del documento de identidad y viaje, vigentes;

6.- Copia certificada y dos fotocopias del Acta de Matrimonio o la Inserción del Acta del Matrimonio en el extranjero, expedida por el Registro Civil.

En ambos casos, la fecha del matrimonio debe ser por lo menos de dos años anteriores a la presentación de la solicitud.

7.- Para comprobar la nacionalidad del cónyuge mexicano deberá presentar, alguno de los siguientes documentos:

  • Copia certificada y dos fotocopias del acta de nacimiento expedida por la Oficina del Registro Civil Mexicano u Oficina Consular Mexicana
  • Certificado de nacionalidad mexicana
  • Carta de Naturalización

8.- Declaración bajo protesta de decir verdad, suscrita y presentada personalmente por el cónyuge mexicano ante la Segob de que viven en consuno y que han establecido su domicilio conyugal en territorio nacional, por lo menos durante dos años anteriores a la fecha de la solicitud.

No será necesario que el cónyuge mexicano declare que ha establecido su domicilio conyugal en territorio nacional cuando éste radique en el extranjero por encargo o comisión del gobierno mexicano.

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9.- Presentar original y dos fotocopias de una identificación oficial vigente, con fotografía y firma del cónyuge mexicano;

10.- Presentar una carta, bajo protesta de decir verdad, señalando con claridad el número de salidas y entradas que ha realizado del y hacia el país en los dos años anteriores a la presentación de la solicitud, para el cómputo de ausencias, a que se refiere el artículo 21 de la Ley, acompañar dos fotocopias;

11.- Entregar constancia o certificado de no antecedentes penales, en original y fotocopia;

12.- Acreditar que sabe hablar español, que conoce la historia del país y que está integrado a la cultura nacional.

13.- Entregar dos fotografías iguales recientes a color, tamaño pasaporte (4.5 x 3.5 cms.), con fondo blanco, de frente, sin anteojos, cabeza descubierta;

14.- Presentar el comprobante del pago de derechos correspondiente, en original.

Tiempo y costos

Ya sean copias o certificados de la nacionalidad por matrimonio, te dejamos esta tabla para que siempre tengas el dato a la mano.

Conexión Migrante

Para llenar la hoja de pago debes seguir los siguientes pasos:

  1. REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES: se debe anotar el RFC de la persona que realiza el pago.
  2. CLAVE ÚNICA DE REGISTRO DE POBLACIÓN: se debe anotar el CURP de la persona que realiza el pago.
  3. APELLIDOS PATERNO, MATERNO Y NOMBRE (S) DEL SOLICITANTE: se debe anotar el nombre de la persona que realiza el pago.
  4. Los espacios sombreados no se deben llenar.
  5. CLAVE DE REFERENCIA: se debe anotar el número 024000178 para todos los trámites, excepto para Reposición de Documentos de Nacionalidad por Nacimientos o por Naturalización en el cual se debe anotar la clave 024001157.
  6. CADENA DE LA DEPENDENCIA: se debe anotar el número que corresponde al trámite que se solicita a la Dependencia, de acuerdo a la tabla anexa a la “Hoja de Ayuda para el pago en ventanilla bancaria”, tomando en consideración el lugar donde se prestara el servicio (Distrito Federal o en el interior de la República).
  7. CLAVE, DEPENDENCIA: se debe anotar “02” y “Secretaria de Relaciones Exteriores”.
  8. IMPORTE: se debe anotar el monto de los derechos por el trámite solicitado, de acuerdo a la tabla anexa a la “Hoja de Ayuda para el pago en ventanilla bancaria”.
  9. Los espacios sombreados no se deben llenar.
  10. TOTAL A PAGAR: se debe anotar el monto de los derechos por el trámite solicitado, el cual debe coincidir con el indicado en el “IMPORTE”.
Conexión Migrante
* Si el trámite se realiza en la CDMX.
** Si el trámite se realiza en el interior de la República Mexicana.

Si deseas descargar la ficha de pago da clic en este enlace.

En caso de duda respecto de la “Clave de Referencia” o de la “Cadena de la Dependencia”, favor de comunicarse al siguiente teléfono: 3686-5100, Ext.: 6413 y 6423.

Pasos a seguir

Una vez que hayas cubierto todos los requisitos, deberás presentar un examen de historia y cultura de México, para presentarlo deberás:

  1. Acreditar que sabes hablar español, conoces la historia del país y que está integrado a la cultura nacional.
  2. En caso de no aprobar dichos exámenes, tendrás que esperar un mínimo de diez días hábiles para presentar nuevamente la solicitud de naturalización y la aplicación de los exámenes. El servidor público te informará que podrás presentar los exámenes hasta en dos ocasiones y en caso de no aprobarlos, deberás esperar hasta un año para ingresar una nueva solicitud de naturalización.
  3. En el caso del extranjero al que la Secretaría de Gobernación considere refugiado, así como cuando se trate de menores de edad y personas mayores de sesenta años, será suficiente que acrediten saber hablar español, a través del examen de idioma.

Si necesitas ayuda puedes checar esta Guía de Estudio

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