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27 de marzo de 2024 | Dolar:$16.64

Ahórrate problemas, registra a tu hijo en EU con sus dos apellidos

Uno de los principales problemas que enfrentan los mexicanos nacidos en Estados Unidos para realizar trámites como el de la doble nacionalidad se encuentra en los apellidos.
A pesar de que el trámite varía de entidad a entidad los pasos básicos son muy similares, sin importar dónde vivas.

Uno de los principales problemas que enfrentan los mexicanos nacidos en Estados Unidos para realizar trámites como el de la doble nacionalidad se encuentra en los apellidos, pues en muchos casos sólo están registrados con uno, mientras que la ley mexicana requiere que sean dos.

Para solucionar este problema es indispensable realizar una corrección de los apellidos, con el objetivo que aparezcan los dos en tu certificado de nacimiento. A pesar de que el trámite varía de entidad a entidad los pasos básicos son muy similares, sin importar dónde vivas.

Este trámite solo puede ser realizado en la Corte Civil de tu localidad, en algunos estados tendrás que presentar una petición que detalle las razones para querer cambiar de nombre, y este tiene un coste (el cuál varía dependiendo del estado y de si el trámite es para un adulto o un menor).

Debes tomar en cuenta que al presentar tu petición esta debe incluir los siguientes puntos:

  • Nombrar las razones legales de tu demanda.
  • Incluir el nombre que quieres usar.
  • Incluir tu nombre, edad, fecha de nacimiento, lugar de nacimiento, su dirección actual y número de seguro social.
  • La petición necesita decir si te han declarado culpable de un crimen y si hay sanciones o cargas (“sanctions or liens”) contra usted o su propiedad. Cargas son cuando alguien tiene un embargo (“hold”) sobre tu propiedad hasta que usted pague una deuda.
  • Declarar si has pedido un cambio de nombre antes. Si has pedido un cambio de nombre antes, escriba dónde, cuándo y qué pasó.
  • Necesitas firmar la petición.

Deberás visitar la página web de la corte civil estatal y descargar los formularios para realizar el trámite.

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Una vez hecho esto tendrás que presentar tu petición ante la corte civil de la localidad y presentar tu petición ante un asistente legal o preséntalo por correo si se permite en tu estado. Una vez hecho eso te darán una estampilla de presentado y te darán fecha para que te presentes en la corte.

En caso de que el trámite sea para un adulto, tendrás que publicar el cambio de nombre por en periódicos aprobados, sin embargo, la cantidad específica de tiempo en la que debes publicar tu anuncio varía según cada estado, por lo que tendrás que revisar cuánto tiempo tendrá que ser publicado.

Algunos estados pueden no requerir que se haga una publicación por el cambio de un nombre.

Otros estados te permiten publicar en un lugar público, como en una pizarra de anuncios en el tribunal.

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Una vez te presentes a la audiencia y en caso que sea aprobado el cambio deberás conseguir una nueva tarjeta de seguro social. Tendrás que llevar la orden de la corte a la Administración del Seguro Social o enviar una copia certificada por correo.

Registro civil en México

De acuerdo al ámbito jurídico mexicano, la estructura de los apellidos se establece tomando el apellido paterno de los progenitores, tomando en cuenta que apellido paterno es el que se traslada para acreditar la filiación de los ascendientes, asentando el apellido paterno tanto del padre como de la madre, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 58 del Código Civil Federal respetando la siguiente estructura: Nombre o nombres propios, apellido paterno y apellido materno.

Cabe destacar que en caso de que tú y tu pareja no estén casados y el padre no esté presente al momento de tramitar la doble nacionalidad es indispensable contar con un permiso firmado que avale que el menor use su apellido.

De acuerdo al artículo 55 del Código Civil Federal, “Tienen obligación de declarar el nacimiento, el padre y la madre o cualquiera de ellos, a falta de éstos, los abuelos paternos y, en su defecto, los maternos, dentro de los seis meses siguientes a la fecha en que ocurrió aquél.”

Sin embargo, el registro podrá realizarse en cualquier momento, aunque después de este plazo se considerará extemporáneo y se podrá solicitar información adicional.

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