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Notificaciones de Comparecencia: Tener una no significa que serás deportado

USCIS ha realizado diversas modificaciones a sus políticas y el rechazo de una solicitud puede implicar el inicio de un proceso de deportación
El USCIS ha realizado diversas modificaciones a sus políticas y el rechazo de una solicitud puede implicar el inicio de un proceso de deportación

Paisano, desde el 2018 el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) ha realizado diversas modificaciones para deportar a los migrantes que busquen arreglar su estatus o soliciten un beneficio migratorio y les haya negado su petición, lo que está relacionado con las Notificaciones de Comparecencia (NTA) pero ¿sabes cómo funcionan estos procesos?

El pasado 28 de junio de 2018 USCIS emitió un nuevo Memorándum de Políticas sobre Notificaciones de Comparecencia, este documento proporciona las guías a la oficina gubernamental para expedir un Formulario I-862, que es una Notificación de Comparecencia.

Un NTA es un documento que instruye a una persona a comparecer ante un juez de inmigración. Recibir uno significa que te encuentras en proceso regular de remoción.

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A partir de 1 de octubre de 2018, USCIS anunció que puede expedir una Notificaciones de Comparecencia en solicitudes denegadas a personas desean extender su estadía, cambiar su estatus migratorio o convertirse en residentes permanentes.

La semana pasada, USCIS informó que a partir del 19 de noviembre del actual año también se podrán emitir NTA contra las víctimas de delitos serios, de violencia doméstica, asilo, o de trata a quienes se les niegue su petición.

Por el momento, USCIS detalló que no implementará el Memorándum de Políticas sobre Notificaciones de Comparecencia a las peticiones basadas en el empleo. Las guías existentes para estos tipos de casos permanecerán vigentes.

La agencia gubernamental informó que enviará notificaciones de denegación de solicitudes con impacto en el estatus para asegurar que las personas en busca de beneficios reciban la notificación adecuada cuando se les denieguen beneficios.

Si los solicitantes, beneficiarios, o auto peticionarios ya no están en un periodo de estadía autorizada, y no salen de Estados UNidos, USCIS podría expedir una NTA.

Adicionalmente, la institución proveerá detalles sobre cómo los solicitantes pueden revisar información en torno a su período de estadía autorizada, verificar el cumplimiento de viaje o validar la salida de Estados Unidos.

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Sin embargo, USCIS aclaró que continuará dando prioridad a los casos de personas que tienen expediente criminal, fraude, o cuestionamientos respecto a seguridad nacional.

Trasfondo

La política actualizada afecta a las siguientes categorías de casos en los que las personas son sujetas a remoción:

  • Casos en los que se haya comprobado fraude o falsa representación, y/o casos en los que existe evidencia de que el solicitante abusó de cualquier programa relacionado con la recepción de beneficios públicos. Se emitirá una NTA en estos casos, aún si es denegado el caso por razones distintas al fraude.
  • Casos criminales en los que el solicitante fue acusado o condenado por un delito criminal, o cometió actos que pueden ser imputados como delito criminal, aún si la conducta delictiva no era la base de la denegación o la causal de remoción. Cuando lo ameriten las circunstancias, referiremos los casos a ICE sin expedir una NTA o adjudicar beneficios de inmigración.
  • Casos en los que USCIS deniegue un Formulario N-400, Solicitud de Naturalización, bajo la base de buen carácter moral, debido a un delito criminal.
  • Casos en los que un solicitante estará presente ilegalmente en Estados Unidos cuando deneguemos su petición o solicitud.

El PM no cambia las políticas de USCIS en las siguientes categorías:

  • Casos que involucran preocupaciones de seguridad nacional
  • Casos en los que se requiere emitir un NTA por estatuto o reglamentación
  • Casos de Estatus de Protección Temporal (TPS), después de aplicar las disposiciones reglamentarias de TPS, una denegación o retiro de TPS resulta en que la persona no tenga otro estatus de inmigración legal
  • Casos que involucran a receptores y peticionarios de acción diferida para los llegados en la infancia (DACA) cuando (1) se procese una petición inicial o renovación de DACA, o (2) se procese un receptor de DACA para posible cancelación de DACA.
  • Solicitantes SIJ entre las edades de 18 a 20, quienes presentaron órdenes judiciales emitidas de conformidad con la Sección 1510.1 (a) del código de sucesiones de California y posteriormente fueron denegadas porque el tribunal carecía de jurisdicción competente sobre su cuidado y custodia debido a su edad.

 


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